Generales PNP (r) Cluber Aliaga y Pérez Rocha, resaltan que no existe ninguna violación constitucional y que Policía podrá intervenir en flagrancia sin intervención fiscal
Generales PNP (r) Cluber Aliaga y Pérez Rocha, resaltan que no existe ninguna violación constitucional y que Policía podrá intervenir en flagrancia sin intervención fiscal

Al amparo del Decreto Legislativo Nº 1605, que modifica diferentes artículos del Nuevo Código Procesal Penal, la Policía Nacional del Perú (PNP) podrá realizar la investigación del delito que sea urgente o inaplazable, poniendo en conocimiento al fiscal, resaltó el exministro del Interior, general PNP (r), Cluber Aliaga.

Al recuperar la Policía las facultades para efectuar actos de investigación, esta acción formará parte de las diligencias preliminares que permitirán optimizar y agilizar las pesquisas en favor de la ciudadanía, explicó el oficial en retiro en entrevista a RPP.

Cluber indicó que la norma representa “un pequeño paso adelante”, y que no le ha quitado al fiscal la conducción de la investigación porque la Policía no la titular en esta materia. “Eso sí, los primeros momentos de la investigación son valiosísimos”, sostuvo.

El exministro también aclaró que no existe ninguna violación constitucional y que la norma se ha dado dentro de los presupuestos constitucionales.

Por su parte, el exdirector de la Policía Nacional, general PNP (r) Eduardo Pérez Rocha, destacó el decreto que faculta a la Policía a investigar de manera preliminar sin presencia del fiscal al precisar que la institución intervendrá en flagrancia del delito.

Si bien acaba de publicarse la modificación de la norma, ahora “debe emitirse el reglamento, que será entre dos o tres meses”.

Es importante precisar que el dispositivo legal también establece la intervención de las comunicaciones y el levantamiento del secreto bancario en los casos con carácter de emergencia cuando la vida de la víctima corra peligro.

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