Osiptel: Operadoras móviles ya no podrán firmar contratos a plazos determinados
Osiptel: Operadoras móviles ya no podrán firmar contratos a plazos determinados

Desde enero del próximo año las operadoras de telefonía de celular en nuestro país estarán prohibidas de condicionar la contratación de servicios a plazos forzosos por lo que que los contratos tendrán una duración indeterminada.

Sin embargo, señala la norma de Osiptel, la empresa podrá firmar este tipo de contratos con el usuario siempre y cuando este último así lo exprese o una disposición legal, pero estos no podrán exceder los seis meses.

“Una vez concluido el plazo forzoso, el contrato de abonado será a plazo indeterminado. La empresa operadora se encuentra prohibida de establecer en el contrato cláusulas que impliquen la renovación automática del plazo forzoso”, señala la norma Publicada en el Peruano

Por otro lado en caso de migración desde inicios del 2015 las empresas celulares ya no podrán cobrar una penalidad por esto si no que el usuario pagará un monto referido al coste del equipo en prepago.

Asimismo, de acuerdo a la modificación al texto de Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, las empresas ya no podrán vender equipos celulares bloqueados, es decir que solo funcione el chip de su operador.

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