Seis errores de la 'ley de comida chatarra'
Seis errores de la 'ley de comida chatarra'

No todo es lo que parece en la Ley de alimentación saludable. Junto a voces expertas, la revista Correo Semanal ahondó en algunos vacíos que evidenciarían el lado menos práctico de la norma, que busca enfrentar una creciente epidemia de obesidad infantil.

La discutida Ley de alimentación saludable, coloquialmente bautizada como 'la ley de la comida chatrarra', aprobada por el Pleno el 2 de mayo pasado, y que actualmente cumple con el proceso de reglamentación, persigue el noble objetivo de proteger a los niños peruanos de la obesidad. Lamentablemente, una serie de desaciertos e inexactitudes en la norma podrían hacer que la cura sea peor que la enfermedad. Aquí algunos puntos que el reglamento deberá mejorar para hacer de esta ley algo viable y realmente saludable.

1.- Discriminatoria.- El artículo 2º de la ley aprobada en el Congreso establece que el ámbito de aplicación se circunscribe a los "alimentos procesados", excluyendo a los alimentos preparados. Además, se excluye de manera específica a los "alimentos y bebidas no alcohólicas en estado natural no sometidas a proceso de industrialización". Esto quiere decir que la tan mentada "ley chatarra" no incluye a las comidas de los restaurantes 'fast food', conocidos por sus altos índices calóricos ni a aquellos productos elaborados artesanalmente que son ofrecidos por el comercio ambulatorio a las afueras de los colegios. Así, tanto los donuts, piezas de pollo crispy, y hamburguesas, como las porciones de arroz con leche, alitas broaster, churros y demás, no son afectados por esta norma. La ley solo se aplicará a los alimentos procesados como galletas, snacks, golosinas, etc.

2.- Daño potencial.- "Un alimento industrializado tiene un rotulado, que te dice quién lo hace. Tiene además un registro sanitario exigido por ley y avalado por DIGESA. Un keke casero ¿quién lo hace? Se pierde la rastreabilidad o el seguimiento que nos permite saber las condiciones en que se elaboró", explica Paola Fano, ingeniero alimentario especialista en inocuidad. Así, la ley concentra su atención en los alimentos procesados provenientes de la industria formal, desconociendo que, en la ingesta de todos los peruanos, solamente el 14% proviene de dichos alimentos.

Por otro lado, cabe la pregunta sobre quiénes serían los encargados de regular la venta ambulatoria de canchita, manzana acaramelada y 'bombitas' en las calles cercanas a los colegios.

3.- Inaplicable.- En varios artículos de la ley aprobada se percibe una falta de rigurosidad técnica que la haría inaplicable en la realidad. En principio, la norma sostiene, en su inciso 6.2, que se deberá establecer que los quioscos y comedores escolares brinden "exclusivamente alimentos y bebidas saludables con los estándares del Ministerio de Salud", lo que se percibe como una implícita prohibición parcial de la venta de alimentos industrializados en los colegios. Esto generaría que en los quioscos escolares prolifere la venta de alimentos elaborados, los cuales requieren de un almacenamiento y una refrigeración específica. Entendiendo que de los 47 mil colegios públicos del país, 26 mil se encuentran en zonas rurales y de estos 23 mil no tienen agua y desagüe, es difícil imaginar que los centros educativos puedan adecuar su infraestructura para almacenar y conservar los alimentos perecibles.

Por otro lado, el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria establece: "En cuanto a los alimentos con contenido de grasas trans, el reglamento establecerá un proceso gradual de reducción hasta su eliminación, conforme a los parámetros técnicos y plazos que establezca.". Un párrafo que denota desconocimiento técnico e incluso contradice las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Y es que muchos de los productos de la canasta básica familiar no solo contienen grasas trans en su estado natural, sino que es imposible eliminarlas de su composición. Así, la leche, mantequilla, aceite comestible, margarina, cárnicos y otros contienen grasas trans. Entendiendo esto, la OMS recomienda, según el tipo de producto, niveles seguros de consumo de este ingrediente hasta el 5%.

Asimismo la ley sería inaplicable desde el punto de vista publicitario, porque es imposible regular medios no tradicionales como la Internet y el cable, canales a los que los niños y adolescentes tienen acceso irrestricto.

4.- Difusa.- La Ley Nº 30021 carece de precisión en varios aspectos, lo cual puede prestarse a que se interprete y se aplique de forma poco precisa también. Por un lado la norma establece su ámbito de aplicación incluyendo a todos los productores, comerciantes y anunciantes de alimentos procesados, sin definir claramente a qué alimentos se refiere. Todo alimento comercializado pasa por algún tipo de proceso, por mínimo que sea, de manera que cualquier producto disponible en el mercado se encontraría dentro de los alcances de esta norma.

De otra parte, las limitaciones que se han establecido a la publicidad de estos alimentos parecen excederse al prohibir utilizar imágenes de "productos naturales" en las promociones de productos que no lo sean. La ley también habla de regular la publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes menores de 16 años, y enfatiza que los comerciales y anuncios no deben "incentivar el consumo inmoderado de alimentos y bebidas no alcohólicas, con grasas trans, alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas", enunciados que brillan por su inexactitud y naturaleza confusa.

5.- Restrictiva.- La ley parte de la premisa de que determinados productos son dañinos "per se", sin considerar que existen otros factores que deben asociarse para ocasionar perjuicio en la salud, como los hábitos de consumo, modo de vida sedentario, riesgo hereditario, entre otros.

Para el publicista Robby Ralston, regular la publicidad es una idea equivocada. "La ley carece de lógica y de conocimiento sobre la publicidad. Se limitan los alcances de las publicidades destinadas a niños menores de 16 años, pero ¿quién decidirá si un comercial es para adultos o niños? ¿De cuándo acá las golosinas son comida chatarra? Lo que hace falta no es restringir la publicidad, sino utilizarla para crear campañas permanentes de información para mejorar la alimentación de los peruanos. Es tan simple como cobrar impuestos a esta industria, pero no limitar su rango de acción" argumenta el especialista.

6.- Paternalista.- Todos los especialistas consultados - promotores y opositores de la norma- señalan que la Ley de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes persigue un objetivo razonable, y hasta cierto punto urgente. Pero difieren en las formas. Mientras que los defensores de la norma afirman que esta busca enfrentar un problema de salud pública que se refleja en un 25% de niños de cinco a nueve años con obesidad y sobrepeso, los detractores entienden que la ley es paternalista, proteccionista y recurre a las viejas prohibiciones y restricciones, que han demostrado su ineficacia en otras partes del mundo frente a la educación y promoción de dietas y estilos de vida saludables.

Para Erick Iriarte, abogado especialista en gestión pública, la solución más eficiente debería basarse en la creación e implementación de un programa educativo dirigido a los padres de familia sobre una cultura alimenticia sana, a fin de brindarles información que les permita valorar la elección adecuada de los alimentos más nutritivos. Este programa debería ser asumido por los ministerios de Salud y Educación.