El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) declaró infundado el recurso extraordinario que presentó el fiscal superior Augusto Moisés Tamayo Pinto Bazurco contra la Resolución N° 329-2012-PCNM, mediante la cual, el 17 de mayo de 2012, no se le ratificó en el cargo.

La sección de normas legales del diario oficial El Peruano, así como la página web del CNM, de esta institución en relación con Tamayo.

Para emitir su decisión, el CNM consideró que Tamayo recibió diversas sanciones como una llamada de atención, una suspensión de cinco días, una multa del 25 por ciento de su sueldo y una medida de abstención impuesta por la Fiscalía Suprema de Control Interno en un caso de investigación.

Sin embargo, uno de los hechos que más se le cuestionó fue la denuncia que presentó en su contra el Ilustre Colegio de Abogados de Tacna por el presunto delito de peculado de uso. Como se recuerda, en el 2010 Tamayo fue acusado de usar vehículos de la Fiscalía para fines personales en compañía de una asistente. Se trata de una investigación que todavía no culmina.

Según se lee en la Resolución N° 753-2012-PCNM (emitida en noviembre del año pasado y publicada recién hoy) mediante la cual se declara infundada la impugnación de Tamayo, las acusaciones que recibió el magistrado no solo afectaron negativamente su imagen, sino que trascendieron hacia la percepción que tiene la sociedad sobre el Ministerio Público.

La decisión del CNM estuvo enmarcada en la Convocatoria N° 001-2012-CNM, a través de la cual Tamayo y otros magistrados del país fueron evaluados por cumplir siete años de labor fiscal. La evaluación determinó su salida del Ministerio Público.