Salida de Mauricio Fernandini y Sada Goray de la carceleta de poder judicial. Foto: Hugo Pérez / @photo.gec
Salida de Mauricio Fernandini y Sada Goray de la carceleta de poder judicial. Foto: Hugo Pérez / @photo.gec

Tanto el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, como el decano del Colegio de Abogados de Lima (CAL), César Bazán, consideran que existe un abuso del recurso de prisión preventiva en el Perú. Sus declaraciones se produjeron poco después de dictaminarse esta medida, por un plazo de 30 meses, contra Sada Goray, Mauricio Fernandini y otros por el caso Marka Group. El abogado penalista, Andy Carrión, dialoga con sobre el uso de esta figura y los cuestionamientos que podrían existir en torno a ella.

¿Coincide con la opinión del titular del Poder Judicial respecto a la pertinencia del uso de la figura de la prisión preventiva?

Creo que sí hay cierto abuso. No es en rigor una sentencia, sino una medida cautelar que hace que el investigado se sujete a la investigación y no la perturbe. El índice de quienes se encuentran presos por prisiones preventivas es altísimo.

Pero en los casos de Sada Goray y Mauricio Fernandini ¿está justificada la prisión preventiva?

Sí, la Fiscalía sustentó elementos de convicción (...) determinantes. En el caso de Goray (se valoró) que haya solicitado la nacionalidad en República Dominicana (...) o haberse sometido infructuosamente a un proceso de colaboración eficaz donde no brindó toda la información. Fernandini (...) tampoco brindó todos los detalles en su proceso de confesión sincera.

¿Un mayor plazo garantiza celeridad en la investigación?

La Fiscalía logra que se dicte la prisión preventiva por el máximo plazo, que son 36 meses, y luego empieza a trabajar al mes 33 o 34 de forma intensa, recabando elementos de convicción o realizando actos de investigación propios. El problema es muy sensible porque son personas que están presas. Se debe tener absoluta prioridad con estos casos.

¿Qué otras alternativas podrían considerarse?

El Tribunal Constitucional ya señaló (...) que debe haber una justificación reforzada; que esta medida (prisión preventiva) debe ser evaluada, incluso de oficio, cada seis meses. También se pueden aplicar alternativas que ya existen y están reguladas, pero que no se aplican por falta de presupuesto y logística; entre ellas, el uso del grillete electrónico.

ANDY CARRIÓN

Abogado penalista. Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Magíster y Doctor en Derecho por la Universidad de Bonn (Alemania).

TE PUEDE INTERESAR