La Comisión Permanente del Congreso. (Foto: Congreso)
La Comisión Permanente del Congreso. (Foto: Congreso)

La Comisión de Constitución aprobó por mayoría que la Comisión Permanente pueda interpelar a los ministros de Estado, formular estación de preguntas, solicitar la concurrencia de los mismos y requerir información a cualquier institución pública o privada en el cumplimiento de sus funciones.

Según el dictamen, se establece que la Comisión Permanente también podrá presentar demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC) en defensa de sus facultades y ejercer las demás potestades de control político, según lo regulado por su Reglamento.

De igual manera, se plantea que este órgano legislativo revise los decretos de urgencia dictados por el presidente de la República durante el interregno parlamentario; y proceda a su modificación, de acuerdo a su Reglamento.

El dictamen aprobado por la Comisión de Constitución y Reglamento modifica el artículo 135 de la Carta Magna, el cual establece que: “Reunido el nuevo Congreso, puede censurar al Consejo de Ministros, o negarle la cuestión de confianza, después de que el Presidente del Consejo haya expuesto ante el Congreso los actos del Poder Ejecutivo durante el interregno parlamentario”.

La aprobación de la iniciativa legislativa, de autoría del congresista Hernando Guerra García Campos (FP), fue aprobada después de un breve cuarto intermedio, que sirvió para recoger los aportes de los miembros de ese grupo de trabajo legislativo..

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