El juez constitucional Jorge Ramírez Niño de Guzmán declaró improcedente el hábeas corpus presentado por la defensa legal del presidente Pedro Castillo, que cuestionó la actuación de la fiscal anticorrupción Norah Córdova en el marco del caso Petroperú.
MIRA ESTO: Pedro Castillo recibió a Karelim López, gerentes de Petroperú y de Heaven Petroleum a la misma hora
Eduardo Pachas, abogado de Castillo, demandó que Córdova y sus fiscales adjuntos Luis Medina y Luis Mina no continúen en la investigación relacionada a la presunta injerencia del Ejecutivo en la selección de la empresa Heaven Petroleum para la venta de biodiesel en las plantas de PetroPerú.
El abogado recordó que, en diciembre del 2021, los fiscales adjuntos -por disposición de su superior- intervinieron Palacio de Gobierno, vulnerando la inviolabilidad del domicilio del inmueble. También señaló que los fiscales actuaron con prepotencia, pidiendo las declaraciones de los presentes en Palacio sin presencia de sus abogados.
TE PUEDE INTERESAR: Palacio genera en promedio una pesquisa fiscal cada mes
RESPUESTA. En su resolución, el juez Niño de Guzmán aclaró que los fiscales adjuntos Luis Medina y Luis Mina solicitaron permiso para ingresar al domicilio del presidente Castillo y tuvieron autorización del personal o funcionarios de la casa de Gobierno para la realización de la diligencia. “Por lo que el ingreso permitido, no puede considerarse una violación del domicilio”, señala el fallo.
La solicitud para la diligencia fue expresa por parte de los fiscales, su finalidad también y el consentimiento: consciente y libre de coacción, añade el documento.
Sobre una presunta falta de imparcialidad por parte de la fiscal Córdova, la resolución señala que el hábeas corpus no es la vía idónea para cuestionar la conducta de la magistrada, por lo que se dispone remitir copias a Control Interno del Ministerio Público para que actúe según sus atribuciones. No obstante, ya existe en curso una indagación en dicha instancia fiscal contra Norah Córdova por la diligencia en Palacio.