Lo que más se destaca es el aumento de penas que van desde los 20 a 30 años de pena privativa de la libertad en caso de feminicidios. Anteriormente, la pena mínima era de 15 años. Según se lee en la norma, hay una serie de agravantes: violencia familiar, coacción, hostigamiento o acoso sexual, abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agresor o cualquier forma de discriminación contra la mujer.
Además, también hay agravantes si la víctima era menor de edad o mayor de 60 años, si estaba embarazada o bajo cuidado del feminicida. La misma pena se aplicará si fue violada o sometida a actos de mutilación, si padecía de discapacidad o si era víctima de trata de personas. De igual manera si al momento del delito fue presenciado por los hijos de la víctima o por cualquier otro menor de edad.
Pérdida de la patria potestad
En palabras de la congresista Cecilia Chacón, la aprobación de este conjunto de proyectos de ley que incrementan penas, sanciones y agravantes en casos de feminicidio y violencia contra la mujer, "hay cambios en diferentes artículos", y resaltó el hecho de que el sujeto que haya cometido feminicidio o sea el causante de lesiones graves contra su pareja o cónyuge "pierda la patria potestad de los niños o esta se suspenda", porque se "han conocido casos en los que los menores continúan con el agresor pese al delito cometido".Asimismo, si antes el estar bajo efectos del alcohol o drogas aminoraba la pena, ahora es un agravante. También se ha especificado agravantes según la relación con la víctima y la influencia que ejercía en el entorno.
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