el Congreso aprobó en segunda votación la reforma a la ley de extinción de dominio, introduciendo modificaciones significativas al marco legal vigente.
el Congreso aprobó en segunda votación la reforma a la ley de extinción de dominio, introduciendo modificaciones significativas al marco legal vigente.

A pesar de las advertencias del Poder Judicial, el Ministerio Público y el Ejecutivo, el Congreso de la República aprobó en segunda votación la reforma a la ley de extinción de dominio, introduciendo modificaciones significativas al marco legal vigente. La medida obtuvo 42 votos a favor, 25 en contra y 10 abstenciones.

El dictamen, sustentado en el Proyecto de Ley 3577/2022-CR, modifica diversos artículos del Decreto Legislativo 1373 e incorpora un nuevo artículo 40-A. Entre los principales cambios, se amplía la posibilidad de aplicar la extinción de dominio sin necesidad de sentencia firme, en casos vinculados a delitos como narcotráfico, terrorismo, minería ilegal y trata de personas.

Uno de los puntos más cuestionados es la cláusula que autoriza al juez a rechazar cualquier solicitud de suspensión del proceso cuando se trate de delitos considerados graves. Esta disposición ha generado preocupación en varios sectores debido a su posible impacto en el derecho a la defensa.

Isaac Mita Alanoca, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, respaldó la reforma asegurando que busca fortalecer la capacidad del Estado frente al crimen organizado y facilitar el uso de bienes incautados en favor de las instituciones que luchan contra estos delitos.

Durante el debate, el titular del Parlamento, Eduardo Salhuana, planteó devolver el dictamen a la Comisión de Justicia para una revisión más cuidadosa, al considerar que el tema requiere mayor prudencia. Sin embargo, la moción fue rechazada por el Pleno.

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