Luciano López
Luciano López

¿Considera válidos los cuestionamientos del Ejecutivo contra la ley que suspende el cobro de pajes?

Hay algo que se debe tener en cuenta. La ley rige por la situación de emergencia; termina el estado de emergencia, y ella deja de tener efecto.

¿Si culmina el estado de emergencia, el Tribunal Constitucional aún puede revisar la demanda?

Que la ley deje de tener efecto no significa que el Tribunal Constitucional va a estar impedido de pronunciarse (...) El TC está totalmente habilitado de pronunciarse sobre el período en que rigió (la ley).

Si la emergencia sanitaria acabara el 30 de junio, ¿por qué el Ejecutivo se empeña en declarar nula esta ley?

En una economía social de mercado el Estado tiene un fin regulador, pero me da la impresión que esta ley aprobada no ha sido lo suficientemente justificada (...) Si el TC considera que es inconstitucional, va a tener que declararla así durante el tiempo que rigió.

¿Cuál sería otro motivo de esta demanda?

Si el Ejecutivo lo ha llevado allí es para tener algún argumento legal frente a cualquier arbitraje que le puedan plantear estas empresas concesionarias por el tiempo que se han visto impedidas de poder continuar con sus labores.

¿Esa ley afecta las competencias del Ejecutivo?

No veo que afecte, pero sí se genera dudas sobre si es que está afectando unos contratos celebraros por el Estado peruano.

¿Si el Gobierno pide la inconstitucionalidad de la norma, le está dando la razón a las concesionarias?

Si usted sabe que va a ser demandado, una forma de cubrirse en salud es hacer esto (...) El Estado va a decir que se está sujetando a las reglas internas y ha hecho lo que corresponde. Va a tratar de tener algún argumento de defensa.

¿Esto podría generar más fricciones entre Ejecutivo y Legislativo?

No veo yo que este tema pueda ser el origen de una fricción política, más bien hay otras cuestiones como el tratamiento de la pandemia y el caso “Swing”.

Según el Ejecutivo, si se acepta que el Congreso apruebe esta medida, entonces también puede llegar a determinar otros aspectos sobre el estado de emergencia ¿Qué opina?

El Parlamento va a estar impedido de regular la suspensión de derechos, pero no de pronunciarse sobre alguna situación relacionada a materia económica porque está actuando en sus facultades legislativas.

Perfil

Luciano López es abogado y docente. Especialista en derecho constitucional y procesal constitucional. Magíster en Derecho con Mención en Política Jurisdiccional en la PUCP. Profesor de Derecho en la Universidad San Martín de Porres.