El tipo de arraigo laboral que presentó el ex ministro Geiner Alvarado (Vivienda y MTC), ante la Sala Penal Permanente, mereció la calificación de “absolutamente irrazonable”, se aprecia en el texto de la resolución que le ratificó 36 meses de prisión preventiva.
MIRA: Geiner Alvarado: Ex ministro de Castillo permanece en la Dirincri a la espera que el INPE lo derive a un penal
El tribunal que preside el magistrado supremo César San Martín determinó que la defensa de Alvarado no presentó elementos sólidos en relación con el arraigo laboral, domiciliario y lo referente a la conducta procesal.
“No solo no se tiene convicción sobre su domicilio real (en los departamentos de
Lima y Amazonas), sino que, además, el arraigo laboral es absolutamente irrazonable”, señala la Sala en el documento Apelación N.° 68-2023, Corte Suprema.
El tribunal se refiere a que Alvarado, de manera inaudita y aún delirante, presentó un contrato de trabajo con la empresa constructora HT S.A.C., a la que él había favorecido cuando era ministro, mediante el Decreto de Urgencia 102-2021, que lleva su rúbrica.
TAMBIÉN: Salatiel Marrufo: Parte de S/ 4 millones que recibió de Sada Goray eran para Pedro Castillo y Geiner Alvarado
HT, firma con sede en Moyobamba, contrató a Alvarado como superintendente de obras con un salario de S/10 mil mensuales, luego que este fuese censurado por el Congreso el 15 de setiembre de 2022.
“Frente a ello, en definitiva, el arraigo ofrecido no tiene calidad suficiente para enervar el peligro procesal, en su vertiente de peligro de fuga y obstaculización”, concluye el tribunal.