Una cifra que enciende las alarmas. Más de 100 investigaciones que venía siguiendo la Fiscalía se verán interrumpidas con la reciente Ley contra el Crimen Organizado aprobada por el Congreso de la República. Así lo anunció el fiscal supremo , quien señaló que a partir de la promulgación de esta ley (que ahora se encuentra en manos del Ejecutivo para su aprobación), el Ministerio Público se siente “atado de manos”.

Chávez Cotrina precisó que hay investigaciones muy mediáticas que están en etapa preliminar, en etapa preparatoria, y otras con acusación formal que se verán interrumpidas por esta ley aprobada la semana pasada por la Comisión Permanente del Parlamento: “Definitivamente se van a caer porque no cumplen la cantidad mínima de años”, señaló.

La polémica ley que permite la modificación del artículo 317 del Código Penal, permite redefinir el delito de organización criminal y cambiar el procedimiento en los allanamientos judiciales a las bandas criminales. Vale decir que los fiscales y policías tendrán que avisar a los sospechosos cuando vayan a allanar sus inmuebles y esperar que lleguen los abogados para poder iniciar las diligencias. Ni siquiera la presencia de un abogado de oficio permitirá iniciar el operativo.

Los nuevos criterios establecidos para calificar el delito de organización criminal aplicarán solo a los que cuenten con penas superiores a 6 años de cárcel, lo que excluye a la estafa agravada, tráfico de productos pirotécnicos, tala ilegal, tortura simple, tráfico de datos personales, entre otros.

PREOCUPACIÓN FISCAL

Al respecto, el fiscal Chávez Cotrina, coordinador de fiscalías especializadas contra la criminalidad organizada, advirtió que esta norma afectará las investigaciones en curso de al menos 100 casos.

También explicó que varios casos de estafa agravada, minería ilegal y otras actividades ilícitas podrían quedar fuera del marco de la organización criminal debido a que sus penas mínimas son inferiores a seis años.

En Canal N añadió que esto implicaría que las investigaciones tengan que ser transferidas a fiscalías penales comunes, despachos que carecen de los recursos y la especialización para manejar estos casos complejos.

“Más de 100 investigaciones en etapa preliminar, en etapa preparatoria, y otras que están con acusación, definitivamente se van a caer porque no cumplen la cantidad mínima de años”, señaló.

Recordemos que también se ha restringido la capacidad de las autoridades para solicitar el bloqueo de cuentas bancarias, lo que podría permitir a los criminales proteger sus activos financieros.

El fiscal espera que la presidenta Dina Boluarte observe la ley: “El Congreso de la República, de espaldas al país, ha decidido aprobarla, esperemos sin mucha esperanza, que la presidenta de la República la observe. Pero independientemente, seguramente el Congresola va a aprobar por insistencia”.

LUZ VERDE AL CRIMEN

En diálogo con Correo, el exviceministro del Interior Ricardo Valdés sostuvo que la norma no solo excluye de los alcances de la ley a 59 tipos penales que ya no podrán ser procesados bajo dicha normatividad, sino que obliga a que los allanamientos se realicen en presencia del involucrado y su abogado. “En otras palabras, han eliminado los allanamientos”, dijo.

Valdés refirió que, con la modificación de la ley, ya no serán considerados como crimen organizado los delitos informáticos, estafa agravada, tráfico de productos pirotécnicos, tala ilegal, tortura simple, marcaje no agravado, tráfico de órganos y tejidos, tráfico ilícito de migrantes, y tráfico ilegal de datos personales, entre otros. Pero no solo eso, también se excluyen todos los delitos relacionados a la corrupción, como concusión, colusión simple, peculado, cohecho pasivo simple, soborno internacional pasivo, cohecho pasivo propio, negociación incompatible, enriquecimiento ilícito básico, tráfico de influencias, falsificación de documentos y financiamiento prohibido de organizaciones políticas.

“El Congreso sigue legislando en favor de la criminalidad; no solo con esta iniciativa, hay un conjunto de normas que convergen entre sí y favorecen a aquellos que han cometido delitos de corrupción en el marco de una organización criminal”, aseveró.

Reiteró que lo más preocupante se basa en las restricciones al allanamiento que pone trabas a las intervenciones del Ministerio Público y la Policía en busca de pruebas de los presuntos delitos que son materia de investigación. “La idea de tener al abogado y al involucrado en el lugar no se ve en ningún país porque muchas veces los allanamientos se realizan en simultáneo en cuatro o cinco lugares y es imposible que el investigado y su abogado estén en todos esos sitios a la vez”, precisó el también director ejecutivo de CHS Alternativo.

POCO OPTIMISTA

Respecto a la respuesta del Ejecutivo, dijo que está será “muy tibia” ya que tanto Dina Boluarte, su hermano Nicanor y otros integrantes del Gobierno se encuentran involucrados en una serie de procesos abiertos por el Ministerio Público. “No espero mucho del Ejecutivo más allá de una reacción tibia, pero creo que de todas maneras el Congreso aprobara esta ley por insistencia ya que la ley también beneficia a congresistas como Waldemar Cerrón, quien estaría protegiendo a su hermano Vladimir, y a Américo Gonza que está involucrado en una carpeta fiscal por las coimas que pagaron los coroneles de la PNP para ascender a generales”.

TAMBIÉN SE PRONUNCIÓ

Por otro lado, Proética también se manifestó por esta ley aprobada recientemente por el Congreso de la República señalando que constituye un retroceso normativo que favorece a los criminales y a la corrupción en el país.

Esta opinión fue expresada a través de un comunicado titulado “Por una administración de justicia eficaz, contra la corrupción y la criminalidad organizada”, que fue publicado en sus redes sociales.

“La aprobación por parte del Congreso del Proyecto de Ley 5981/2023-CR, que modifica la Ley contra el crimen organizado y aprueba una reforma que desnaturaliza las regulaciones sobre allanamientos, constituye un retroceso normativo que favorece el crimen organizado y la corrupción”, señalan.

En ese sentido, precisa que según la nueva definición de crimen organizado (según lo aprobado) “solo se consideraría como delitos graves aquellos sancionados con penas privativas de la libertad mayores de seis años, lo que excluiría un número importante de actos ilícitos que relacionan la corrupción con el crimen organizado”.