La sentencia del Tribunal Constitucional que ordena la liberación del expresidente Alberto Fujimori, sin duda, sigue generando una serie de comentarios a favor y en contra por parte de afines al fujimorismo, especialistas del derecho así como también familiares de las víctimas por los casos Barrios Altos y La Cantuta.

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Con cargo a que la resolución sea publicada en el portal del TC para ver los fundamentos dados por cada uno de los seis magistrados, lo cierto es que la jurisdicción nacional ha culminado con revisar la constitucionalidad del indulto humanitario al exjefe de Estado concedido por el entonces mandatario Pedro Pablo Kuczynski, en diciembre del 2017.

Dicho fallo anula lo resuelto por el juez de investigación preparatoria de la Corte Suprema, Hugo Núñez Julca, quien revocó la gracia penitenciario, en octubre del 2018, luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenara que la justicia constitucional del Perú evalúe si el indulto humanitario se dio según el control de convencionalidad. Esto es, que las normas internas tenga un estándar en materia de derechos humanos con las de la Convención Americana de DDHH, al que como Estado, Perú está adscrito.

El agotamiento de la justicia nacional en el caso Fujimori fue materia de pronunciamiento ayer por parte de la presidenta de la Corte Suprema, Elvia Barrios Alvarado, quien señaló que ahora solo queda la instancia supranacional.

“Se ha agotado la jurisdicción interna, pero tenemos la jurisdicción supranacional, y serán quienes integran los órganos del Estado encargados de acudir a la jurisdicción supranacional, quienes decidirán lo que corresponde, ahí no interviene el Poder Judicial”, explicó Barrios.

La sentencia del TC repone el indulto humanitario, pero no borra la sentencia condenatoria por 25 años a Fujimori, emitida por el Poder Judicial, en 2009, por los casos Barrios Altos y La Cantuta.

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IRREGULARIDADES. Como se recuerda, el fallo de la Corte IDH estableció que la resolución suprema que dio el indulto humanitario ni las actas médicas han justificado cuáles son las enfermedades no terminales graves que se encuentran en etapa avanzada progresiva, degenerativa e incurable”.

Sobre su estado de salud, Alberto Fujimori fue internado a inicios de marzo en la Clínica Centenario, Pueblo Libre, tras presentar un cuadro de descompensación cardíaca .

El congresista fujimorista, Alejandro Aguinaga, quien también es médico personal del expresidente, precisó, en su momento, que su ritmo cardiaco “pasaba de 40 pulsaciones por minuto a 160 y estaba también desatorando”.

Volviendo al fallo de la Corte IDH, el tribunal internacional también halló diferencias entre dos actas suscritas por la Junta Médica Penitenciaria, el 17 de diciembre del 2017 y el 19 del mismo mes, respectivamente. “Entre esas dos fechas, el 18 de diciembre, se presentó a la Comisión de Gracias Presidenciales la solicitud respectiva de Alberto Fujimori y su expediente”, señala el documento.

La resolución, asimismo, recuerda que el indulto humanitario se llevó a cabo en el contexto de la presunta compra de votos en el Congreso para supuestamente salvar de la vacancia a Kuczynski a cambio del beneficio dado a Fujimori. “La solicitud del indulto y su posterior otorgamiento se dieron en medio de un contexto de crisis política generada en diciembre de 2017 cuando se inició un proceso de vacancia contra el entonces Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski Godard, por motivos de alegados actos de corrupción”, dice el documento.

REACCIONAN Un día después de conocerse la decisión del TC a favor del expresidente Fujimori, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió un pronunciamiento expresando su “profunda preocupación”.

La institución advirtió que lo resuelto por el TC afecta el derecho a la justicia de las víctimas y obstaculiza el cumplimiento de obligaciones internacionales en los casos Cantuta y Barrios Altos.

Sobre el tema, el ministro Roberto Sánchez, adelantó que el Gobierno está evaluando posturas tras el fallo y anunciarán acciones en las próximas horas. “Eso le corresponde de manera formal a la evaluación propiamente del ministro de Justicia, del propio presidente. Ese equipo está evaluando, está tomando esa consideración porque también en esto no podemos entrar pánico y desesperación”, señaló el comunicado.

Luego, este organismo -que no es la Corte IDH- dispuso que, hasta el 25 de marzo, el Estado peruano informe sobre las medidas provisionales “y que ponga de inmediato conocimiento al Tribunal Constitucional” por los casos Barrios Altos y La Cantuta.

SE QUEDA. La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, llegó ayer por la mañana al penal Barbadillo para dejar un paquete con alimentos, ropa y medicamentos para el expresidente Fujimori.

Consultada por si su padre dejará el Perú, como se ha especulado, la excandidata presidencial negó la posibilidad.

“Él se queda en el Perú. Vamos a pasar todos los exámenes con los médicos peruanos”, afirmó.

Además, sobre el hecho de que los familiares de las víctimas acudan a la Corte-IDH, señaló que “están en su derecho”.

RÉPLICA. En diálogo con Correo, la abogada de Aprodeh, Gloria Cano, defensa legal de las familias de Barrios Altos y La Cantuta, manifestó que el próximo 6 de abril está prevista la realización de una audiencia en la Corte IDH de supervisión de sentencia del caso La Cantuta.

“El caso Barrios Altos y La Cantuta es un caso que aún está abierto en la Corte IDH en la etapa de supervisión de sentencia. Entonces, se ha pedido a la Corte IDH medidas provisionales y una audiencia de seguimiento, en donde podrá evaluar lo que ha hecho el TC”, dijo Cano.

Por su parte, el abogado Juan José Quispe, de IDL, precisó que la Corte IDH deberá analizar las sentencias emitidas por el TC, del último viernes, y la del Poder Judicial, que en 2018 anuló el indulto.

“Allí, deberá decantarse por una de ellas si cumple el control de convencionalidad”, dijo Quispe.