El fiscal supraprovincial Marco Huamán, a cargo del caso “La Centralita”, ha tratado de desmarcarse de las voces que lo quieren fuera de la más importante investigación que tiene el Ministerio Público.
BAJO SOSPECHA
Hace unas semanas, tras conocerse que se había reunido con el ministro de Justicia, Daniel Figallo, salió al frente para aclarar que el prófugo empresario Martín Belaunde Lossio, amigo del presidente de la República, Ollanta Humala, sí formaba parte de la cúpula junto al procesado expresidente regional de Áncash César Álvarez.
Pero no solo eso. Ante las voces que aseguran que hasta el momento no se ha ejecutado ninguna diligencia contra Martín Belaunde Lossio, el representante del Ministerio Público asegura que el levantamiento del secreto bancario, una de las más importantes diligencias en este caso, ya se viene llevando a cabo.
“Es falso que no se haya levantado el secreto bancario de Martín Belaunde. Las diligencias no se pregonan ni se publicitan. Lo cierto es que desde agosto ya se cuenta con la orden del Juzgado Nacional para investigar todas las cuentas bancarias de este señor. Tenemos el documento para demostrarlo y se está trabajando en eso”, manifestó a Correo.
ES CABECILLA
Asimismo, subrayó que Martín Belaunde Lossio, el mayor aportante a la campaña del Mandatario, sí ha sido considerado cabecilla de la organización delictiva investigada por delitos de corrupción.
“Nosotros lo hemos sostenido en audiencias públicas cuando hemos sustentado la prisión preventiva. Cuando denunciamos a esta organización, dijimos que este señor formaba parte de la cúpula”, anotó.
De otro lado, reiteró que la Procuraduría Anticorrupción participará en todas las diligencias que estén estipuladas en la ley, como lo ha venido haciendo.
En ese sentido, fue enfático al descartar que se quiera dejar fuero de juego a esta entidad.
“La ley establece que ellos participen en las diligencias y se lo hemos puesto por escrito en nuestra respuesta, pero quien lleva la investigación es el fiscal y, por ende, según lo establece el capítulo 475, inciso 13, del Código Procesal Penal, ellos pueden participar solo en la etapa de corroboración”, explicó.