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Oficializan ley de delegación de facultades: Conoce en qué materias podrá legislar el Poder Ejecutivo

Durante 90 días, el Gobierno de Dina Boluarte podrá emitir decretos en materia de reactivación económica, actividad empresarial, seguridad ciudadana, entre otros
  • Congreso aprueba el pedido de facultades legislativas al Ejecutivo
  • Gobierno designa a excongresista Luis Iberico como embajador de Perú en España

Redacción Diario Correo

Actualizado el 04/07/2024, 11:00 a.m.
  • Congreso aprueba el pedido de facultades legislativas al Ejecutivo
  • Gobierno designa a excongresista Luis Iberico como embajador de Perú en España

Luego que el Pleno del Congreso aprobó, en segunda votación, otorgar facultades legislativas al Poder Ejecutivo por 90 días, el gobierno de Dina Boluarte oficializó la ley que permite al Poder Ejecutivo legislar por dicho plazo.

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Así, el Gobierno podrá emitir decretos en materia de reactivación económica, simplificación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional.

Se trata de la Ley 32089 publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Estas son las materias en las que podrá legislar el Poder Ejecutivo:

1. Fortalecimiento, simplificación y calidad regulatoria en materia de inversión pública, privada y público-privada, y gestión de servicios públicos

2. Mejora de la calidad de la inversión pública

3. Fortalecimiento de la actividad empresarial del Estado

4. Reducción de costos de transacción

5. Acceso y competencia en servicios financieros

6. Equilibrio fiscal

7. Tributaria

8. Política criminológica y penitenciaria

9. Desarrollo urbano, habilitación urbana y de suelos, acceso a viviendas y para la intervención estratégica en el ámbito de influencia del terminal portuario de Chancay

10. Seguridad y defensa nacional en el ámbito de inteligencia, contrainteligencia y seguridad digital

En las disposiciones transitorias se indica que las medidas que emita el Ejecutivo no afectarán la autonomía de gobiernos regionales y locales ni de los organismos constitucionalmente autónomos. Asimismo, refiere que todas las habilitaciones y modificaciones presupuestarias que requieran las materias delegadas se tramitan conforme a la Ley de Presupuesto y no están exentas del Sistema Nacional de Control.

También dispone que los titulares de cada sector informarán a la Comisión de Constitución del Congreso, por escrito y dentro del plazo de 90 días.

Como se recuerda, el otorgamiento de facultades al Ejecutivo fue aprobado con 58 votos a favor, 40 en contra y 16 abstenciones por el Pleno del Parlamento.

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