Tras más de 30 años, el país volverá a tener un Congreso bicameral que distribuirá funciones clave entre las dos cámaras. Sin embargo, la de Senadores asumirá las atribuciones más determinantes del Parlamento unicameral y tendrá un rol decisivo en el acontecer político y legal del próximo quinquenio.
Por lo pronto, los electores parecen desconocer esta situación. En las Elecciones Generales 2026, se elegirá a un Senado que tendrá facultades en la designación de funcionarios, la aprobación de proyectos de ley, los procesos de vacancia presidencial, entre otras atribuciones.
Ante ello, resulta fundamental que la ciudadanía ejerza un voto preferencial responsable para elegir a senadores del mejor nivel ético e intelectual.
Cabe precisar que la Cámara Alta estará conformada por sesenta legisladores y no podrá ser disuelta, de acuerdo al artículo 134 de la Constitución Política. En caso de una eventual disolución constitucional de la Cámara de Diputados, el Senado continuará en funciones y no entrará en receso.
Atribuciones
El nuevo Senado tendrá entre sus competencias exclusivas la elección, designación, ratificación y remoción de altos funcionarios como los magistrados del Tribunal Constitucional (TC), el defensor del Pueblo, el contralor general de la República y los directores del Banco Central de Reserva (BCR).
Así, una Comisión de Procedimientos Especiales estará a cargo de conducir estos procesos antes de su debate en el pleno: evaluará los perfiles, resolverá las tachas y propondrá a los candidatos aptos mediante informes sustentados.
Asimismo, la Cámara de Senadores podrá disponer la remoción, por falta grave, de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).Este órgano legislativo, de carácter revisor, podrá además aprobar, modificar o rechazar las iniciativas legislativas que le remita la Cámara de Diputados.
Es decir, los senadores definirán, en última instancia, la viabilidad de las leyes.
Por ejemplo, si una iniciativa es archivada, no podrá volver a debatirse hasta el siguiente periodo anual de sesiones, salvo que lo impida la mitad más uno del número legal de integrantes de la Cámara de Senadores.
No obstante, también operará la denominada “aprobación tácita”: si el Senado no adopta una decisión antes de que concluya el siguiente periodo anual de sesiones, la propuesta quedará aprobada de forma automática.
En lo que respecta a la vacancia presidencial, los integrantes de la Cámara Alta serán responsables de debatir y votar la resolución final de destitución una vez que les sea remitida. La aprobarán con un mínimo de 40 votos. De aprobarse, la resolución deberá publicarse en un plazo máximo de 24 horas y entrará en vigor de inmediato, comunicándose sin dilación para efectos de la sucesión presidencial.
Más alcances
En cuanto a una censura a la Mesa Directiva, los senadores podrán presentar el pedido mediante una moción de orden del día.
Por otro lado, la revisión de los decretos de urgencia y de los tratados internacionales ejecutivos estará a cargo de la Comisión de Control Político sobre los Actos Normativos del Poder Ejecutivo y Regímenes de Excepción del Senado.
Sin embargo, los tratados internacionales referidos en el artículo 56 de la Constitución (sobre derechos humanos, soberanía o defensa nacional, entre otros) serán revisados y dictaminados por la Comisión de Constitución, Reglamento y Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados.
Otra de las atribuciones relevantes que tendrá el Senado frente a la Cámara de Diputados será autorizar los viajes del presidente al extranjero.
Esta facultad se vincula con la vacancia presidencial, pues la salida del mandatario del territorio nacional sin el permiso correspondiente, o su no retorno dentro del plazo autorizado, constituye una de las causales para declarar la destitución del cargo.
En otro ámbito, el Senado también deberá otorgar su consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras con armas de guerra al territorio peruano, previa solicitud del presidente de la República y con acuerdo del Consejo de Ministros.

Senado bajo lupa
Sobre el tema, el analista político Fernando Tuesta Soldevilla señaló que la Cámara Alta asumirá una gran responsabilidad al encargarse de la revisión de los proyectos de ley.
“(El Senado) recibe el proyecto de ley de la Cámara de Diputados y lo revisa; puede modificarlo, archivarlo o derivarlo directamente para que lo promulgue el Ejecutivo, el presidente o la presidenta. No regresa a diputados, con lo cual se reserva un enorme poder”, explicó a Correo.
De otro lado, en cuanto a la elección de los senadores, Tuesta puso énfasis en el requisito de la edad y el grosero privilegio que se ha autootorgado el actual Parlamento.“
Antes se requerían 35 años para postular al Senado, ahora se exige tener 45. El problema es que se ha incorporado una excepción: quienes hayan sido congresistas podrán acceder sin cumplir esa edad mínima.
Actualmente hay parlamentarios que no tienen 45 años y algunos de ellos podrían postular al Senado bajo esa condición. Esa es una de las decisiones cuestionables adoptadas por este Congreso”, sostuvo.
José Cevasco Piedra, exoficial mayor del Congreso, destacó otro aspecto: La denominada “aprobación tácita” o “silencio legislativo positivo” de los proyectos de ley del Senado. En su opinión, ello resulta “muy peligroso”.
“El Parlamento tiene más de 13 mil o 14 mil proyectos de ley. ¿Te imaginas que mil pasen al Senado? No hay forma de revisarlos adecuadamente. Por eso, también es necesario modificar el procedimiento legislativo”, advirtió a este Diario.
Respecto a la edad mínima para integrar el Senado, Cevasco Piedra consideró que ha sido un “error” permitir que congresistas jóvenes accedan a esta cámara únicamente por haber ejercido previamente el cargo.
A su juicio, ello “rompe la naturaleza” de un órgano que, por definición, debería estar conformado por personas de mayor trayectoria y edad, que actúen con mayor prudencia y capacidad de análisis.
“Este Congreso lo ha incorporado justamente para que los congresistas jóvenes puedan reelegirse”, afirmó.
En cuanto a la elección de los próximos integrantes del Senado, advirtió que los votantes deberán diferenciar entre un “buen profesional” y un “buen político”, pues la experiencia en un oficio no garantiza capacidad para el ejercicio de la función parlamentaria.
“(Muchos de los nuevos senadores) estarán entrando a un sistema nuevo que nadie conoce, nadie lo ha visto en la práctica”, señaló.




