El presidente y el premier, Aníbal Torres, enviaron la observación de la autógrafa de ley al Congreso para que sean atendidas o rechazadas para que se apruebe por insistencia
El presidente y el premier, Aníbal Torres, enviaron la observación de la autógrafa de ley al Congreso para que sean atendidas o rechazadas para que se apruebe por insistencia

El presidente de la República, Pedro Castillo, devolvió al Congreso con observaciones la ley que fue aprobada y que establecía procedimientos para nombrar a ministros y viceministros de Estado, señalando que no cuenta con respaldo constitucional.

El documento que fue remitido a la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva (Acción Popular), lleva las firmas de Castillo y del primer ministro, Aníbal Torres.

Entre las observaciones, el Gobierno indica que no hay justificación constitucional en esta ley al considerar que no se ha evaluado de manera proporcional la posibilidad de que estas restricciones para ministros y viceministros vulneren el derecho a la presunción de inocencia.

El Ejecutivo señala que se debe usar un test de proporcionalidad al momento de aprobar una norma de este tipo en la cual se evalúen tres aspectos: la idoneidad, la necesidad y finalmente el principio de proporcionalidad.

“Al no contar los dictámenes referidos a la autógrafa de ley con el respectivo test de proporcionalidad que permite determinar la constitucionalidad de la restricción del derecho fundamental a la presunción de inocencia, se puede afirmar que la misma no se encuentra adecuadamente sustentada”, señala el oficio.

Ley observada

La norma que Pedro Castillo y Aníbal Torres devolvieron al Congreso para su evaluación modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para nombrar ministros y viceministros.

El Legislativo aprobó la norma que exige que todos los aspirantes a ser ministros presenten una declaración jurada de que cumplen los requisitos y detallando el estado de investigaciones fiscales y procesos judiciales que los involucran.

Esta declaración debería ser presentada ante la PCM y el presidente de la República para su verificación antes del nombramientos correspondiente. Asimismo, se establece que la declaración debe ser remitida al Parlamento antes de que pasen cinco días luego de la designación de los ministros y viceministros.

En el caso de viceministros, también se agrega que no pueden ser designados aquellos que tienen una acusación fiscal o juicio por terrorismo o tráfico ilícito de drogas.

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