En vista de las constantes fugas y para salvaguardar la seguridad de los testigos, los procesados requisitoriados, peritos y los propios testigos que sean requeridos por los jueces de distintas zonas del país podrán brindar sus declaraciones a través del sistema de videoconferencia, en tiempo real, con el objetivo de agilizar los procesos en los cuales están comprendidos.

Así lo estableció el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), que preside el doctor Enrique Mendoza Ramírez, mediante la directiva de "Procedimiento para la Ejecución de Audiencias Virtuales".

Entre las diligencias que pueden ejecutarse bajo esta modalidad se encuentran las declaraciones de requisitoriados, y las de testigos o peritos, así como cualquier otra que el juez requirente considere conveniente.

En el caso de los requisitoriados, la audiencia se efectuará si el ciudadano es detenido en una zona diferente a la jurisdicción que lo requiere. Para ello, el personal policial deberá comunicarle que existe esa posibilidad, y posteriormente informará sobre la solicitud al juez requirente.

La disposición refiere, además, que los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República dispondrán la implementación de sus respectivas Salas de Audiencias Virtuales. Asimismo, se encargarán de dotarlas de los equipos y recursos necesarios para su funcionamiento.

Este tipo de audiencia se regirá por las mismas normas que regulan el desarrollo de las diligencias físicas.

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