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Poder Judicial declara inadmisible casación para prisión preventiva contra Lilia Paredes en caso Anguía

La decisión judicial anuló la resolución del 1 de octubre de 2024 que había concedido inicialmente el recurso promovido por el Eficcop.
  • Pedro Castillo tilda de “monigote” a la presidenta Dina Boluarte
  • PJ rechazó pedido de Pedro Castillo para archivar investigación por liderar presunta organización criminal
Poder Judicial declara inadmisible casación para prisión preventiva contra Lilia Paredes en caso Anguía. Foto: AFP

Andrea Pereyra

Actualizado el 17/06/2025, 08:47 a.m.
  • Pedro Castillo tilda de “monigote” a la presidenta Dina Boluarte
  • PJ rechazó pedido de Pedro Castillo para archivar investigación por liderar presunta organización criminal

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación presentado por el Ministerio Público con el objetivo de imponer 28 meses de prisión preventiva contra Lilia Paredes, esposa del expresidente Pedro Castillo, en el marco del caso Anguía.

La decisión judicial, emitida recientemente, anuló la resolución del 1 de octubre de 2024 que había concedido inicialmente el recurso promovido por el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder.

La Fiscalía buscaba revertir la medida de comparecencia simple que actualmente rige para Paredes, quien se encuentra asilada en México, y reemplazarla por prisión preventiva.

El origen del caso se remonta a junio de 2023, cuando el juez Raúl Justiniano declaró “infundada” la solicitud fiscal para modificar la medida coercitiva. Esta postura fue respaldada posteriormente por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional en enero de 2024.

Los fiscales argumentaron la necesidad de unificar criterios sobre la revocatoria de medidas y evaluar los requisitos para aplicar la prisión preventiva, pero la Corte Suprema consideró que el recurso carecía de fundamentación suficiente.

En su resolución, a la que accedió RPP, el colegiado presidido por el juez César San Martín señaló que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal, específicamente en el artículo 430, inciso 3.

“Corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso de casación presentado, previa declaración de nulidad del auto concesorio de dicho recurso”, precisó el fallo.

Lilia Paredes, junto a sus hermanos Yenifer, Walter y David Paredes, así como el exalcalde de Anguía, José Nenil Medina Guerrero, son investigados por su presunta participación en una organización criminal dedicada a licitaciones públicas fraudulentas.

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