Una ciudadana ha presentado una denuncia constitucional contra el presidente del Congreso, Alejandro Soto, y el tercer vicepresidente del Parlamento, Waldemar Cerrón, por haber promulgado la modificación de la Ley Forestal. Ambos legisladores son acusados por la presunta comisión del delito ambiental en la modalidad de responsabilidad funcional por el otorgamiento ilegal de derechos. Este asunto deberá ser evaluado en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC).
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De acuerdo con la denuncia presentada hoy por la ciudadana identificada como Angela Lucila Pautrat Oyarzun, ambos congresistas serían presuntos autores de la comisión del delito ambiental en la modalidad de responsabilidad funcional por otorgamiento ilegal de derechos.
“Es evidente que los congresistas denunciados han inobservado el debido proceso y faltando gravemente a sus obligaciones funcionales como presidente y vicepresidente del Congreso promulgaron una ley a un observada por dos legisladores de la República”, se lee en el documento difundido por RPP.
La denuncia argumenta que la promulgación de la Ley Forestal deviene “en ilegal”, pues los parlamentarios habrían abusado de las facultades otorgadas como miembros de la Mesa Directiva del Congreso a fin de aprobar la autógrafa de ley para “beneficiar indebidamente a un pequeño grupo de empresas que estarían realizando la desforestación de nuestra selva peruana”.
Cabe señalar que, a pesar de las objeciones de las organizaciones de defensa ambiental, el presidente del Congreso y el tercer vicepresidente, Waldemar Cerrón, aprobaron el documento legislativo en cuestión, sin haber considerado dos reconsideraciones presentadas.
La norma altera los artículos 29 y 33 de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y también aprueba disposiciones complementarias destinadas a fomentar la zonificación forestal. En la actualidad, se estipula que la designación de los bosques de producción permanente se realiza mediante resolución ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario, a propuesta del Serfor; anteriormente, esta atribución recaía en el Minam.
“La Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre debe elaborar y aprobar el Plan Maestro de gestión que contiene, como mínimo, la identificación de sitios que requieran tratamiento especial para asegurar la sostenibilidad del aprovechamiento, las rutas de acceso, las vías comunes y los puntos de control”, se lee en la ley.
Por otro lado, la semana pasada, el congresista Alfredo Pariona presentó una iniciativa legislativa que pretende derogar las modificaciones realizadas a la Ley Forestal y de Fauna Silvestre
“La presente ley tiene por objeto restablecer los alcances de los artículos 29 y 33 de la Ley 29763 y derogar la Ley 31973, Ley que modifica la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y aprueba disposiciones complementarias orientadas a promover la zonificación forestal”, indica el proyecto de ley.