Rafael López Aliaga, candidato presidencial de Renovación Popular, quedó en el tercer lugar en la primer vuelta de las Elecciones 2021, realizadas el pasado 11 de abril. (Foto: Britanie Arroyo/GEC)
Rafael López Aliaga, candidato presidencial de Renovación Popular, quedó en el tercer lugar en la primer vuelta de las Elecciones 2021, realizadas el pasado 11 de abril. (Foto: Britanie Arroyo/GEC)

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por el partido Renovación Popular para que se haga una revisión completa de todas las actas de la primera vuelta de las Elecciones Generales de Perú 2021, desarrollada el último 11 de abril.

A través de la , se indica que, además de tratarse de un pedido que no se enmarcaba dentro de los mecanismos establecidos por la ley, tampoco se aportaron “elementos de convicción” que ameritasen la revisión solicitada.

“Hay que señalar que un pedido de esta naturaleza no se encuentra previsto de manera expresa en el ordenamiento jurídico electoral como un mecanismo de impugnación de las elecciones o de alguno de los actos que conformen el proceso electoral”, acotó.

Del mismo modo, remarcó que un pedido de revisión general de todas las actas electorales de una determinada elección supone un “cuestionamiento generalizado” no solo a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), encargado del cómputo electoral, sino también del JNE.

“Tal situación pone en entredicho el proceso electoral en su conjunto, situación que ya ha sido descartada por el JNE a través del Acuerdo del Pleno del 20 de abril de 2021, por el cual se manifestó el rechazo a las diversas alegaciones de fraude electoral vertidas por algunos actores electorales con relación al proceso electoral en curso”, enfatizó.

En ese sentido, precisa que las denuncias mencionadas en el pedido de Renovación Popular debieron de procesarse de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente.

“Por todo lo expuesto, corresponde desestimar el pedido de revisión de la totalidad de actas electorales, dado que la legislación electoral vigente no lo prevé y, conforme se acaba de mencionar en el párrafo precedente, ha quedado descartada la comisión de un fraude electoral dadas las garantías con las que el proceso electoral ha contado”, añadió.

Como se recuerda, Renovación Popular interpuso, inicialmente, el 14 de abril, un pedido con tal fin que fue denegado mediante una resolución jefatural de la ONPE emitida un día después.

Ante ello, el partido que postuló a la Presidencia a Rafael López Aliaga presentó el 19 de abril una apelación, alegando la existencia de varias denuncias cuestionando los resultados finales de las elecciones presidenciales y parlamentarias.

Ante ello, el 28 de abril la ONPE ratificó su decisión inicial y elevó el tema al JNE al día siguiente, a fin de que emita una resolución definitiva sobre el tema.

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