El Poder Judicial rechazó la recusación presentada por la defensa legal de Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta Dina Boluarte, para apartar al juez Richard Concepción Carhuancho del proceso penal del caso ‘Los Waykis en la Sombra’.
La Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundado el recurso al considerar que no se evidenció falta de imparcialidad en la actuación del magistrado.
La recusación se fundamentó en que, durante una disertación académica el pasado 15 de agosto, Concepción Carhuancho utilizó una diapositiva en la que aparecían fotografías de Nicanor Boluarte y Mateo Castañeda, junto con un diagrama que simulaba la estructura de una organización criminal. Según la defensa, este acto representaba un adelanto de opinión sobre el caso.
Además, los abogados del hermano de la mandataria argumentaron que la imparcialidad del juez estaba en entredicho por decisiones previas en el caso, como la orden de detención preliminar contra Nicanor Boluarte en mayo pasado y la inaplicación de la Ley 32108 al resolver una excepción de improcedencia de acción presentada por otra investigada, Griselda Herrera Vásquez.
El tribunal superior reconoció que el magistrado pudo haber sido más cuidadoso con el material utilizado en su exposición, pero concluyó que la diapositiva mostraba un recurso periodístico y no representaba un adelanto de opinión. Según la resolución, no se encontraron comentarios, frases ni alusiones del juez que evidenciaran parcialidad.
“Bajo esa línea, el temor de parcialidad no puede ser convalidado sin mayor cuestionamiento, en tanto la recusación constituiría una sanción mayúscula frente a una imagen que no evidencia una postura sesgada en la actuación del magistrado recusado, ni permite inferir que su actuación futura carezca de imparcialidad”, señala el documento al que tuvo acceso RPP.
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