Retiro de AFP: 30% del desembolso podrá ser retenido para pago de alimentos. (Foto: Andina)
Retiro de AFP: 30% del desembolso podrá ser retenido para pago de alimentos. (Foto: Andina)

La jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), Vicky Távara Cavero, informó que, a través de una demanda de alimentos, se podrá retener hasta el 30% del monto del retiro de la AFP a favor de los hijos cuyos gastos no estén siendo cubiertos por el progenitor.

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La funcionaria precisó que, con un mandato judicial o un acuerdo entre las partes involucradas, la demandante podrá disponer de un monto que represente el 30% de las cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de los fondos de la AFP, es decir, S/ 20,600 soles, o lo que le corresponda por este concepto.

Távara Cavero enfatizó que el mandato judicial se debe cumplir incluso si el demandante se niega a retirar el monto dispuesto por el Congreso. “Si el juez lo dispone en su sentencia, así (el demandante) no retire el monto dispuesto por el Congreso, ese porcentaje de la suma será retenido para cubrir dicha deuda alimentaria”, señaló.

La jefa del Renaju también destacó la reciente ley que modifica el Código Procesal Civil, la cual permite al juez de familia tener acceso a información en línea sobre la capacidad económica de los demandados. De esta manera, el juez podrá extraer, en tiempo real, información sobre el centro de trabajo del demandante, su remuneración, gratificaciones, vacaciones y otros ingresos.

“Esta modificatoria va a permitir que los procesos sean más rápidos”, afirmó Távara Cavero. “Como saben, son procesos de alimentos que permiten salvaguardar los derechos primordiales del menor. Por lo tanto, esta medida va a permitir al juez tener información en línea, en tiempo real, de los bienes que tenga el demandante en la Sunarp, como cuánto gana o si le corresponde gratificación, a través del Ministerio de Trabajo. Esa es la importancia”, sentenció.

Para acceder a esta medida, los demandantes deben presentar una demanda de alimentos en el Juzgado de Familia. Si el juez falla a favor de la demanda, se emitirá un mandato judicial que ordenará la retención del 30% del retiro de la AFP. La AFP estará a cargo de realizar la retención y entregar el monto correspondiente al demandante.

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