El Tribunal Constitucional decidió anular una disposición iscal que rechazó excluir al fiscal José Domingo Pérez Gómez del proceso penal contra Arsenio Oré por presunta obstrucción a la justicia en marco al ‘caso Cócteles’ vinculado a los aportes para las campañas presidenciales de Keiko Fujimori, en los años 2011 y 2016.

En dicha resolución, el máximo intérprete de la Constitución declaró fundada “por mayoría” la demanda presentada por la defensa legal de Oré para anular la disposición emitida por Rafael Vela, coordinador del Equipo Especial de la Fiscalía para los casos Odebrecht y Lava Jato, el 7 de enero de 2019, ya que declaró infundado el pedido presentado por dicho abogado con el fin de excluir al fiscal Pérez Gómez del proceso penal.

De esta forma, el TC declaró “nulos” todos los actos fiscales que se generaron en dicha disposición fiscal.

Asimismo, dicho órgano supremo ordenó que el fiscal superior responsable emita una nueva disposición fiscal con arreglo a las consideraciones expresadas en la sentencia sobre esta demanda de amparo.

Además, el TC considera que se le ha imputado al demandante una conducta obstruccionista como parte de su ejercicio profesional en defensa de los investigados, por el delito de lavado de activos. De esta forma, se formalizó una investigación preparatoria contra el demandante, en la misma carpeta donde habría desplegado una presunta actividad obstructiva.

Los hechos de obstrucción que pretende investigar han sido cometidos en una investigación que está a su cargo; es decir, quien indaga la obstrucción es el mismo que habría sido obstruido, lo que permitiría suponer suficientemente que una investigación preparatoria en estas circunstancias requeriría solo de su propio testimonio para confirmar su hipótesis fiscal y tornan innecesarios los descargos del investigado. En este supuesto, no hay proceso progresivo de formación de la convicción, ni contingencia en la formulación de la acusación, pues esta ya ha sido decidida”, indicaron desde el Tribunal Constitucional.

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