La UIT se emplea también para determinar el monto de los derechos de trámite en la administración pública, la aplicación de multas tributarias, administrativas y obligaciones contables. (Foto referencial: GEC)
La UIT se emplea también para determinar el monto de los derechos de trámite en la administración pública, la aplicación de multas tributarias, administrativas y obligaciones contables. (Foto referencial: GEC)

El nuevo valor de la unidad impositiva tributaria (UIT) pasará de S/ 4,300 a S/ 4,400 este 2021, lo que tendrá efectos tributarios, laborales y administrativos para las personas que realizan pago de impuestos o trabajadores en planilla e independientes.

Con ello se modificarán las escalas de los impuestos a pagar, las deducciones tributarias y las multas por infracciones administrativas”, manifestó el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala.

La UIT se emplea también para determinar el monto de los derechos de trámite en la administración pública, la aplicación de multas tributarias, administrativas y obligaciones contables.

Para el caso del pago del Impuesto a la Renta (IR) sobre los sueldos, el nuevo valor de la UIT permite ampliar el rango de exoneración del IR, tanto para trabajadores en planilla (dependientes) como para independientes, lo que significa un pequeño ahorro para los trabajadores.

En cuanto a los trabajadores dependientes que figuran en planilla (quinta categoría) no pagarán el impuesto a la renta durante el 2021, siempre que sus ingresos anuales no superen las 7 UIT, es decir S/ 30,800 anuales o S/ 2,567 mensuales (si se consideran 14 sueldos, lo que incluye las gratificaciones de julio y diciembre).

En el caso del Impuesto Predial y de alcabala, el pago también será menor dado que los tramos y tasas están en función de la UIT, los mismos que no han variado para el año 2021.

A continuación, se presenta el cuadro donde se constata la incidencia de la variación de la UIT en el pago de impuestos, la obligación de llevar libros contables y el embargo de sueldos de trabajadores demandados judicialmente por deudas alimenticias:

(Fuente: CCL)
(Fuente: CCL)
(Fuente: CCL)
(Fuente: CCL)

En los últimos años, la UIT ha registrado las siguientes variaciones: S/ 3.650 en el 2012, S/ 3.700 en el 2013, S/ 3.800 en el 2014, S/ 3.850 en el 2015, S/ 3.950 en el 2016, S/ 4.050 en el 2017, S/ 4.150 en el 2018, S/ 4.200 en el 2019, S/ 4.300 en el 2020 y S/ 4.400 en el 2021.

VIDEO RECOMENDADO:



TAGS RELACIONADOS