El Gobierno promulgó la Ley N° 32722, que amplía hasta el 31 de diciembre de 2029 los beneficios tributarios para los peruanos que retornen de manera definitiva al país, con el objetivo de facilitar su reinserción económica y social.
La norma, publicada en el diario El Peruano, extiende la vigencia de los incentivos previstos en la Ley N° 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado. Estos beneficios vencían el 13 de julio de 2026 y continuarán vigentes desde el 14 de julio de este año.
La legislación permite que los migrantes retornados accedan, por única vez, a la exoneración del pago de tributos para el ingreso al país de determinados bienes adquiridos en el extranjero, reduciendo así los costos de su retorno.
Entre los bienes exonerados figuran el menaje de casa por un valor de hasta 50.000 dólares y un vehículo automotor de hasta el mismo monto, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la normativa.
Asimismo, podrán ingresar libres de tributos instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital, dispositivos médicos y otros implementos destinados a actividades profesionales, técnicas o empresariales, hasta por un valor máximo de 350.000 dólares.
Los beneficios están dirigidos a los peruanos residentes en el exterior que decidan retornar de forma permanente al país y que cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado y su reglamento.
Con esta ampliación, el régimen especial permanecerá vigente por tres años y medio adicionales, hasta finales de 2029, con la finalidad de incentivar el retorno de los connacionales y facilitar que retomen sus actividades laborales, profesionales o empresariales en el Perú.





