Desde el pasado 13 de septiembre, más de 13 millones de ciudadanos empezaron a recibir el nuevo Bono Yanapay Perú de S/350 otorgado por el Gobierno. En este sentido, para facilitar la entrega del subsidio, se estableció que aquellos beneficiarios que no puedan cobrar el apoyo económico por diferentes motivos, puedan designar a un familiar o un tercero para hacerlo. En las siguiente nota te explicamos todo lo que necesitas saber al respecto.
Como se conoce, el Bono Yanapay Perú —llamado también Bono 350— es un apoyo económico individual de 350 soles para ciudadanos en situación de pobreza, pobreza extrema o que son usuarios de los programas sociales Juntos, Pensión 65 o Contigo. El Gobierno ha mencionado que el objetivo de la entrega de este nuevo bono es reactivar la economía de las familias con mayores carencias, afectadas por la pandemia del COVID–19.
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¿Cómo designar un familiar para el cobro del Bono Yanapay Perú?
Si un beneficiario del Bono Yanapay Perú no puede cobrarlo porque tiene alguna discapacidad, cuenta con alguna discapacidad que le impide desplazarse o cualquier otro motivo, hay la posibilidad de que puedan designar a un familiar o un tercero para efectuar el cobro.
Para esto, el beneficiario deberá otorgar un poder a la persona que desea que realice el cobro del Bono 350 mediante una carta poder con firma legalizada, poder fuera del registro o poder por escritura pública.
El poder que se otorgue deberán con determinadas referencias:
- Cobrar los montos de la cuenta
- Cobrar los subsidios/bonos abonados en la cuenta
- Retirar los fondos de la cuenta
- Cobrar los beneficios del Programa
- Retirar los montos que el Programa Pensión 65 le otorgue o abone
Asimismo, pueden existir otras referencias que permitan al apoderado acceder o cobrar los fondos que se encuentran en la cuenta de los beneficiario del Bono Yanapay Perú.
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¿Qué hacer si no puedo cobrar el Bono Yanapay?
Si te corresponde el Bono 350, pero por diferentes motivos no puedes realizar el cobro, tienes la opción de solicitar ayuda de manera online en los siguientes casos:
Posible caso de suplantación: nunca registraste tu número de celular, pero apareces con un número en la plataforma. También aplica si te registraste y antes de que llegue el código de validación a tu celular, lo perdiste o te lo robaron.
Renuncia o devolución del Yanapay: eres beneficiario, pero de forma voluntaria renuncias al subsidio para que sea reasignado a otro ciudadano que lo necesite.
La entidad financiera no tenía el depósito: te acercaste a realizar el cobro del Yanapay, pero no tenían tu apoyo económico individual.
Para formular tu solicitud, debes ingresar en la plataforma https://casos.yanapay.gob.pe y colocar tu número de DNI y su fecha de emisión; y aceptar la política de privacidad.
Luego te aparecerá una pantalla para que selecciones tu caso. Luego, completa el formulario con tus datos personales, adjunta los requisitos si es tu caso y haz clic en enviar.
Una vez enviada la solicitud, recibirás una respuesta a través de la plataforma. Allí, también, puedes consultar el estado de tu trámite en los próximos días de realizado el registro de tu solicitud.
Además, recuerda que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) ha puesto a disposición del público la Línea 101 para solicitar ayuda e información sobre el Bono Yanapay Perú.
LINK para consultar si recibirás el Bono Yanapay
Ingresa al siguiente link si deseas conocer si te tocará o no el Bono 350, así como la fecha y modalidad de pago que le corresponda:
LINK: https://consultas.yanapay.gob.pe/#/
Cronograma oficial Bono Yanapay Perú
Según información del Midis, el cronograma ha quedado establecido de la siguiente manera:
- Grupo 1: desde el 13 de septiembre a usuarios de programas sociales.
- Grupo 2: desde el 5 de octubre a usuarios con cuenta bancaria. Desde el 7 de octubre a usuarios con billeteras digitales activas. Desde el 22 de octubre a usuarios nuevos de billeteras digitales. Desde el 25 de octubre a usuarios con cuenta DNI del Banco de la Nación.
- Grupo 3: desde el 18 de octubre mediante carritos pagadores a comunidades alejadas. Desde el 9 de noviembre mediante pago a domicilio a adultos mayores que vivan solos o con discapacidad severa.
- Grupo 4: desde el 2 de diciembre se hará el pago en agencias bancarias.