El jueves 15 de julio vence el plazo para depositar la gratificación. (Foto: GEC)
El jueves 15 de julio vence el plazo para depositar la gratificación. (Foto: GEC)

La primera quincena de julio los empleadores deben depositar la a sus trabajadores, que deberán recibir además de su sueldo completo, sin descuentos, una bonificación extraordinaria del 9% sobre dicho monto en caso de estar afiliados a EsSalud. ¿Calificas a este beneficio? ¿Hasta cuánto es el plazo para que se haga el depósito? ¿Cómo calcular cuánto debes recibir? ¿Qué pasa si me empleador no deposita? Atento a la nota, que absolveremos las interrogantes.

MÁS INFORMACIÓN: Esta es la fórmula para calcular tu gratifición por Fiestas Patrias

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A LA GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS?

Los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, cualquiera que sea su modalidad contractual, recibirán una gratificación legal por Fiestas Patrias, de acuerdo con los requisitos y condiciones previstas en la ley.

¿SI ESTOY DE LICENCIA O VACACIONES ME CORRESPONDE GRATIFICACIÓN?

Los trabajadores que estén laborando de forma efectiva en la oportunidad de pago; o, en su defecto, estar gozando de vacaciones, encontrarse en licencia con goce de haber, descansos médicos que originen el pago de remuneración o subsidio o en otros supuestos considerados por ley como días efectivamente trabajados.

¿HASTA CUÁNDO ES EL PLAZO PARA QUE DEPOSITEN LA GRATIFICACIÓN DE JULIO?

El plazo para hacer el depósito es el 15 julio del 2021, pero las empresas pueden aportar durante la primera quincena de ese mes.

SI TENGO MENOS DE SEIS MESES TRABAJANDO, ¿PUEDO RECIBIR GRAFICACIÓN?

Para recibir la gratificación, el trabajador debe haber laborado, por lo menos, un mes en el semestre comprendido entre el 1 de enero del 2021 y el 30 de junio del 2021. El pago será de 1/6 de tu sueldo por mes.

Cuando un trabajador labora menos de 6 meses le corresponde percibir la gratificación proporcional a los meses laborados”, refiere Mauricio Matos, Associate Partner del Área Laboral de EY Perú.

Por ejemplo, si un trabajador laboró 3 meses en el periodo y su remuneración es S/ 4.000, le correspondería percibir una gratificación proporcional equivalente a 3/6, es decir S/ 2.000″, aclara.

Matos precisa también que para tener derecho a una gratificación proporcional el trabajador debe contar con al menos 1 mes completo de servicios en el periodo de enero a junio.

¿CÓMO SE CALCULA LA GRATIFICACIÓN DE FIESTAS PATRIAS?

Corresponderá percibir gratificaciones proporcionales a las personas que laboraron entre el 1 de enero del 2021 y el 30 de junio del 2021. Deberán percibir la gratificación proporcional a los meses calendario completos a razón de un sexto (1/6) por cada uno. Es decir, si ganas 1,200 soles, debes dividir tu sueldo entre 6, que sería 200 soles por mes. Si trabajaste todo ese semestre te corresponde recibir tu sueldo completo, pero si trabajaste tres, el monto a recibir sería 600 soles. (200+200+200).

¿QUIÉNES NO RECIBEN GRATIFICACIÓN?

  • Trabajadores que perciben “Remuneración anual integral”, dado que la gratificación y la CTS están incluidas en la remuneración integral anual acordada con el empleador.
  • Trabajadores de microempresas contratados, después de que la microempresa se inscribiera en el Remype.
  • Trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa), por cuanto no son trabajadores de planilla. Están regulados por el Código Civil (locación de servicios).

¿DE QUÉ TRATA LA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA POR ESSALUD?

Los trabajadores recibirán el monto que abonan por concepto de aportaciones a EsSalud (9%) en las gratificaciones de julio y diciembre de cada año. En el caso que el trabajador esté afiliado a una EPS, el monto por concepto de aportaciones se reduce a 6.75%.

¿CUÁL ES LA MULTA PARA LAS EMPRESAS QUE NO DEPOSITAN LA GRATIFICACIÓN?

El no pagar de forma oportuna o completa las gratificaciones legales es una infracción grave en materia laboral. Esto puede derivar en multas:

  • En la microempresa el monto mínimo es S/ 484 y el máximo S/ 1,980.
  • En la pequeña empresa la multa mínima es S/ 1,980 y la máxima S/ 19,800.
  • En la mediana y gran empresa, la sanción mínima es S/ 6,908 y la máxima S/ 114,928.
  • Si la gratificación legal se paga de forma extemporánea, el trabajador tiene derecho a percibir dicho beneficio con los intereses legales correspondientes.