Galantino Gallo, CEO de Prima AFP, destaca que las AFP tendrán mayor competencia. (Foto: Hugo Pérez / El Comercio)
Galantino Gallo, CEO de Prima AFP, destaca que las AFP tendrán mayor competencia. (Foto: Hugo Pérez / El Comercio)

La Ley N.º 32123 de Modernización del Sistema Previsional Peruano se promulgó el pasado 24 de setiembre, pero no entrará en vigencia hasta que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) elaboren el reglamento de rigor, explicó a Correo Galantino Gallo, CEO de Prima AFP.

“La ley está promulgada y publicada en El Peruano, probablemente tomará hasta junio del próximo año elaborar el reglamento, en el que estarán todos los detalles sobre cómo la ONP pagaría la pensión de S/600 a sus afiliados que hagan 240 aportes y, de no tener ese número de aportes, cómo se completará el monto que dispone la ley”, indicó.

Precisó que tomará tiempo porque tiene un componente fiscal (recurso público) por lo que el MEF tendrá un rol muy activo, pero se espera que sea bastante sólido.

Gallo se refirió también a la probabilidad de que el Congreso apruebe otro retiros de los fondos de pensiones.

“Según la ley, no debería haber más retiros, pero es difícil responder porque el Congreso podría sacar otra ley de retiros. Pero, de darse el caso, la ley tiene un desincentivo, quien retire no tendrá pensión mínima”, precisó.


Detalles. Señaló que el principal beneficio de la ley es que establece una pensión mínima de S/600 para los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y del Sistema Privado de Pensiones (SPP).

La Oficina Nacional Previsional (ONP) pagará una pensión mínima a los afiliados del SNP que registren 240 aportes. Pero no sucederá lo mismo con un afiliado del SPP que tenga el mismo número de aportes porque no necesariamente tendrá el fondo necesario para acceder a una pensión de S/600.

En ese caso, indicó, el afiliado del SPP tendrá la opción de llevar su fondo a la ONP, que completará lo necesario para lograr la pensión mínima.

Gallo dijo que otra ventaja de la ley es que abre el SPP a una mayor competencia porque participarán bancos, cajas, aseguradoras.

Además, prosiguió, la ley introduce, la Comisión por Resultados, que está asociada a la rentabilidad que genere el administrador (AFP) al fondo de pensiones de sus afiliados.

“Se cobrará una comisión siempre que haya rentabilidad para el afiliado”, precisó.