La CTS es un beneficio que otorga el empleador al trabajador y tiene como finalidad protegerlo al momento en que su relación laboral finaliza. (Foto: GEC)
La CTS es un beneficio que otorga el empleador al trabajador y tiene como finalidad protegerlo al momento en que su relación laboral finaliza. (Foto: GEC)

El Congreso aprobó el pasado 5 de mayo el proyecto de ley que permitirá a los trabajadores del sector privado disponer excepcionalmente del 100% de los fondos de la cuenta de Compensación por tiempo de Servicios (CTS). ¿Pero cuándo se hará efectiva esta norma?

De acuerdo con la norma aprobada por el Parlamento, se autoriza a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha.

Antes te recordamos que la Compensación por Tiempo de Servicio es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla y tiene como finalidad protegerlo al momento en que su relación laboral finaliza; es decir, es un fondo de contingencia contra el desempleo.

¿Qué falta para poder retirar el 100% de la CTS?

El proyecto aprobado ya fue enviado al Ejecutivo y ahora el presidente de la República, Pedro Castillo, tiene 15 días hábiles para firmar la autógrafa u observarla; es decir hasta el 27 de mayo.

En caso el Gobierno no otorgue la aprobación, esta será devuelta al Legislativo para un nuevo debate y podrá aprobar la norma por insistencia.

De ser aprobada la autógrafa de ley, el Gobierno tendrá dictar las disposiciones reglamentarias necesarias en el plazo máximo de 10 días calendario, desde la entrada en vigencia la ley.

¿Quiénes podrán retirar el 100% de la CTS?

Todos los trabajadores sin excepción están habilitados para realizar el desembolso de la totalidad de su CTS, pero debemos tener en cuenta que solo pueden hacerlo quienes están en el sistema formal; ya que los demás empleados informales no cuentan con este beneficio.

Cabe recordar que, actualmente los trabajadores sí pueden retirar parte de su CTS sin dejar de laborar. Esto se da solamente cuando tengan en sus cuentas un monto que exceda sus cuatro sueldos.

¿Cuántos retiros de CTS ya se han aprobado en pandemia?

En el estado de emergencia ya se permitió dos veces la disposición de la CTS:

  • La primera a través del Decreto de Urgencia 033-2020, que permitía dos retiros hasta de S/ 2,400 cada uno.
  • La segunda mediante la Ley N° 31171, en el que los trabajadores dispusieron del 100% de sus depósitos hasta el 31 de diciembre del 2021.

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