El TC emitió una nueva sentencia en el cual indicó que los empleadores no pueden revisar los correos electrónicos corporativos de sus trabajadores. (Foto: iStock)
El TC emitió una nueva sentencia en el cual indicó que los empleadores no pueden revisar los correos electrónicos corporativos de sus trabajadores. (Foto: iStock)

Debido a la coyuntura que atraviesa nuestro país por la pandemia, varias empresas siguen con el trabajo remoto para que su producción no se vea afectada, ¿pero qué mecanismos utilizan los empleadores para ‘controlar’ la modalidad laboral a distancia?

Hace unos días, el Tribunal Constitucional (TC) emitió una nueva sentencia en el cual indicó que los empleadores no pueden revisar los correos electrónicos corporativos de sus trabajadores. Esta medida generó reacciones por parte de los laboralistas. Entre ellos, Dante Botton, asociado del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez, quien se mostró en contra de este dictamen.

“En otros países se permite el acceso, como medida de fiscalización interna, en el caso de que se sospeche que un trabajador pasa información confidencial a un competidor. Para mí, hay un tema concreto, el correo electrónico corporativo es para uso laboral y si tú quieres programar tus reuniones o memes tienes tu correo personal”, explicó.

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Pese a esta sentencia del TC, Botton mencionó que no es de cumplimiento obligatorio porque en un contrato el trabajador podría estar aceptando y dando la autorización para la revisión de su correo de la empresa. “Con eso no habría problemas el secreto de las comunicaciones”, sostuvo.

Sin embargo, esta no sería la única opción para fiscalizar a los trabajadores. El laboralista expresó que hay otros programas que permiten ver qué hace el trabajador en la computadora.

“Este mecanismo si me parece muy excesivo, pero todo va a depender del grado de control que se maneje”, acotó.

MÁS MECANISMOS DE SUPERVISIÓN

Para César Puntriano, del Estudio Muñiz, la supervisión remota es para los que están en condición de trabajador fiscalizados y no fiscalizados.

“Si el puesto de trabajo es no fiscalizado, el empleador a lo que aspiraría sería recibir los resultados. Es decir, lo que el trabajador pueda proporcionar al término del día”, comentó.

“Eso sí, el empleador debe ser equitativo entre todos los miembros del equipo. Imagínate que, de tres personas, a una le dan más carga, lo asfixian durante todo el día con trabajo, entonces, esa situación se podría considerar como acoso laboral”, apuntó.

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En el caso de la modalidad fiscalizada es distinto el control, porque primero las personas están sujetas a un horario, como si estuvieran en la misma empresa.

“Ahí el empleador tiene que ser creativo para implementar algún mecanismo de control de cumplimiento de ese horario, porque ya no estamos hablando acá de una asistencia física a trabajar sino de una asistencia virtual. Para ello se podría poner una marcación virtual”, señaló.

Otra de las medidas que planteó César Puntriano es que el empleador podría controlar el trabajo a través de un chat del ordenador de la empresa.

Con el tema de la videovigilancia también podría darse, pero si el empleador le otorga todas las herramientas para la actividad.

“Esa cámara solo debería controlar el trabajo, más no invadir la privacidad del empleador, pero eso ya sería de manera excepcional”, explicó.

Incluso, Puntriano manifestó que hay softwares para saber a qué páginas ingreso el trabajador desde el ordenador durante la jornada de trabajo.