Si no tiene un permiso, los ambulantes pueden ser multados por la comuna provincial. Foto: GEC.
Si no tiene un permiso, los ambulantes pueden ser multados por la comuna provincial. Foto: GEC.

La Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA) aprobó el 5 de marzo, la Ordenanza 1363, el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y su respectiva reglamentación para castigar las faltas que los ciudadanos cometen en espacios públicos.

Este nuevo marco sancionador incluye un total de 521 infracciones y establece multas que varían en función de la gravedad de la falta, con la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) equivalente a 5,350 soles.

MODALIDAD

Las sanciones se aplicarán a través de los fiscalizadores de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa y estas abarcan incluso a los comerciantes ambulantes. Se multará con el 3% de la UIT (160.50 soles) por la venta ambulatoria sin tener el permiso municipal.

Además, en este cuadro se contempló la multa del 50% (2 mil 675 soles) de la UIT si el negociante vende en un auto menor y 100% (5 mil 350 soles) para quien vende en vehículos mayores, como los comerciantes de frutas.

Las personas que quieran realizar bailes, parrilladas, bingos y similares deben solicitar la autorización municipal, de lo contrario, las personas naturales serán sancionadas con el 50% de la UIT y los promotores de eventos con el 100% de la UIT (5 mil 350 soles).

El abandonar el vehículo en la calle, obstaculizando el tránsito, no contar con servicios higiénicos en las playas de estacionamiento, arrojar animales muertos en las calles, usar el parque como campo deportivo o para actividades de educación física, usualmente por los colegios u otras instituciones también serán multados con una variación del 20% (mil 70 soles) al 50% de la UIT (2 mil 675 soles).

FIESTAS

Cerrar las calles para las fiestas religiosas está prohibido. Se multará con el 50% de la UIT por hacer fiestas costumbristas o religiosas sin autorización municipal, además se suspenderá la actividad y se decomisarán los bienes. A ello se suma el aplicar el 20% de la UIT por los ruidos que molestan a los vecinos.

La sanción es mayor, equivalente al 150% de la UIT (S/8 mil 25) por realizar fuegos artificiales sin contar con el permiso de Sucamec.

El municipio también contempló la sanción a las personas con mascotas. Multa del 30% de la UIT por no vacunarlo y desparasitarlo, 50% por llevar al can de raza peligrosa, sin correa o sin bozal. Esta última multa se aplica por abandonar a su mascota en la calle. Se ejecuta el 100% de la UIT si el animal daña o causa la muerte a una persona, además de la denuncia penal. 20% de multa si el dueño no recoge las heces de su mascota.

También hay multas por atentar contra el Patrimonio Cultural de la Humanidad, como 5% de la UIT (267.5 soles) por miccionar en el Centro Histórico, 30% al 100% de la UIT si hacen pintas en muros o casonas. Esta última multa también se aplica por construir o demoler sin permiso, además, de la denuncia penal.

COMERCIALIZACIÓN

Los administradores de los negocios que intenten sobornar o agreden a los fiscalizadores enfrentarán multas de 20% y el 50% de la UIT, respectivamente, además de la denuncia penal.

Vender productos en mal estado, especialmente carne, será sancionado con multas que varían desde 50 hasta 100 UIT, dependiendo del tipo de establecimiento como mercado o distribuidor mayorista.

Abrir un establecimiento comercial sin la autorización municipal conlleva una multa del 20% de la UIT (1,070 soles) y una clausura temporal hasta que se subsanen las observaciones. Los centros comerciales, restaurantes, bares y otros locales que operen sin licencia enfrentan una multa del 100% de la UIT, además de una clausura definitiva, sellando las puertas con soldadura.

VIDEO RECOMENDADO: