Juzgado declaró la desprotección familiar definitiva de niña de un año en Arequipa. (Foto: Corte Superior de Justicia de Arequipa)
Juzgado declaró la desprotección familiar definitiva de niña de un año en Arequipa. (Foto: Corte Superior de Justicia de Arequipa)

Una niña de apenas un año, que nació con síndrome alcohólico fetal a causa del consumo de alcohol de su madre durante el embarazo, fue declarada en condición de adoptabilidad por el Segundo Juzgado de Familia de Paucarpata de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, luego de que se determinara que no existían condiciones para su reintegración familiar.

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El juez Javier Edmundo Calderón Beltrán dispuso la pérdida de la patria potestad de la progenitora tras un extenso proceso en el que se evaluaron informes médicos, psicológicos y sociales que confirmaron, además del síndrome alcohólico fetal, cuadros de anemia y desnutrición crónica.

La resolución también tomó en cuenta el dictamen del Ministerio Público y los actuados remitidos por la Unidad de Protección Especial (UPE) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

VIDA MARCADA POR EL ABANDONO

De acuerdo con el expediente judicial, la menor nunca contó con cuidados parentales: fue separada de su entorno familiar desde los primeros días de vida y desde entonces permaneció bajo la protección del Estado en el Centro de Acogida Residencial “Luz Alba”, donde recibió atención médica especializada y mostró una evolución favorable en salud y desarrollo.

El fallo detalla que la madre no logró superar su adicción al alcohol que originó la desprotección; además, incumplió el plan de trabajo individual diseñado por la autoridad administrativa y no evidenció disposición para ejercer adecuadamente sus responsabilidades parentales.

También se verificó que no existe una red familiar extensa en condiciones de asumir el cuidado y protección de la niña, a pesar de las diligencias llevadas a cabo para identificar familiares idóneos.

Por ello, en aplicación del Decreto Legislativo N.º 1297 y del principio del interés superior del niño, el juzgado concluyó que mantener indefinidamente a la menor en un centro de acogida no garantiza plenamente su derecho al desarrollo integral. Ante ello, se declaró su condición de adoptabilidad.

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