Un juez de la Corte de Ayacucho ordenó 4 años de pena privativa de la libertad suspendida y al pago de 70 días multa a Carlos Alberto Carpio Llocclla (45), en calidad de coautor del delito de falsificación de documento público.
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Según la carpeta fiscal el sentenciado falsificó documentos públicos a fin de acreditar la posesión y propiedad en favor de los ya sentenciados Teófilo Campos Munaylla y William Campos Díaz sobre un bien inmueble ubicado en el distrito de Carmen Alto, perteneciente a un ciudadano que se encontraba privado de su libertad, y con el objeto de ser usados ante el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), para lo cual solicitó a los referidos varones el monto de mil soles.
Asimismo, requirió a Campos Munaylla y a Campos Díaz consignar sus firmas en hojas blancas, con la finalidad de dar emprendimiento a la elaboración de documentos falsos y la prosecución de los trámites ante el COFOPRI, para la ulterior titulación del bien inmueble en favor de ambos, trámites que significaron la falsificación de tres documentos.
Para lograr cometido, el tercer sujeto, valiéndose de sus habilidades en computación, haciendo uso de una plantilla y un modelo de soporte material, elaboró dichos documentos e imprimió las huellas de una supuesta vendedora, también falsificó la firma de la víctima, insertó huellas y firmas de un presunto comprador y escaneó la firma y post firma de un abogado. Asimismo, falsificó un certificado de posesión.
Finalmente, con la colaboración de sus clientes, se dirigió a una notaría del distrito de Ayacucho para sorprender a la asesora legal y hacer legalizar los documentos apócrifos elaborados por su autoría, obteniendo así la respectiva firma y sello del notario público en la indicada documentación; ello, con la finalidad de culminar la falsificación de dichos documentos.
Posterior a ello, con fecha 9 de marzo de 2019, usaron los documentos ante el COFOPRI, con el fin de dar inicio a los trámites para obtener los títulos de propiedad.
Los tres sentenciados deberán abonar en forma solidaria la suma de cinco mil soles por concepto de reparación civil a favor del agraviado.