Más de S/2 millones en gastos sin sustento por mano de obra, así como en cotizaciones sin indagar la totalidad de materiales y equipos que se utilizarán, detectó la Contraloría en el expediente técnico de la obra de construcción del colegio 88407, ubicado en el sector Villa El Salvador, que ejecuta la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote como parte de la Reconstrucción con Cambios.
La entidad realizó un servicio de control concurrente al proyecto, cuyo presupuesto es de S/ 3.7 millones, con la finalidad de determinar si el expediente técnico se ha elaborado y aprobado cumpliendo con los requerimientos técnicos, normativos y contractuales vigentes.
La Gerencia Regional de Control de Áncash emitió el informe No. 9512-2020-CG/GRAN-SCC en el que se alertan situaciones adversas en la aprobación del expediente técnico que ponen en riesgo los objetivos de la obra; situación que ha sido comunicada, el pasado 19 de octubre del 2020, a la comuna sureña para que tome las acciones correctivas.
LO HALLADO
Entre las situaciones detectadas están que los funcionarios de la entidad aprobaron el expediente técnico con incompatibilidades e incongruencias técnicas, lo que generaría controversias y retrasos durante la ejecución de la obra.
Tampoco acreditaron el diseño de mezcla del concreto, lo que generaría variaciones del presupuesto de obra y discrepancias en la etapa de ejecución de la obra.
Lo más grave es que no se acreditó el sustento del costo de la mano de obra por S/1 112 869,85 (capataz, operario, oficial, peón, operador de equipo liviano, topógrafo, operario topógrafo); asimismo, tampoco acredita indagaciones y/o cotizaciones de la totalidad de los materiales y equipos por S/1 101 209,17 y S/ 69 194,25, respectivamente. Esto propicia que se programen y ejecuten recursos sin sustento.
La buena pro de la obra fue otorgada el 21 de setiembre de 2020 al “Consorcio Santa”; conformado por las empresas “L & M Contratistas y Consultores S.A.C.”, “Grupo constructor Haz y Hnos La S.R.L.” y “BAP Ingenieros S.A.C.” por un monto contractual de S/2 416 889,44. (...) De la revisión del SEACE, hasta la fecha de emisión del presente informe, no se verifica la publicación del procedimiento de selección para la supervisión de la obra ni publicación de la expresión de interés para la consultoría de supervisión.