El artículo 39 de la Constitución señala que un funcionario público está al servicio de la Nación y no de sus familiares o amigos. Asimismo, el premier y sus ministros, pertenecen a la alta jerarquía de servidores públicos que pueden ser procesados mediante un juicio político, con la consecuencia de que podrían ser inhabilitados hasta por diez años para la gestión pública si son encontrados culpables de transgredir la Carta Magna. La prensa ha alertado sobre las visitas privadas amicales a Alberto Otárola Peñaranda en su despacho de la PCM, amistades que después obtuvieron contrataciones en instituciones públicas que están bajo su mando.
En su defensa, el premier trata de convencer que no hay nada irregular en sus visitas y en los procesos de contratación. Pero sus declaraciones, al ser contrastadas con las de sus visitantes, avizoran presuntamente corrupción, con lo cual, aquello que ha minimizado, es muy posible, que no solamente sea un delito, sino una infracción constitucional. Los burócratas que hicieron los requerimientos de contratación para que los amigos del premier ganen más de 52 mil soles al mes, no podrán justificar lo injustificable, y más temprano que tarde tendrán que contar la verdad del hipotético delito.
Ahora, ¿quién denunciará y procesará todas estas supuestas irregularidades?. ¿Será el actual Congreso, o el próximo? En nuestro contexto y presente, no hay poder que dure más de 5 años, un ejemplo de ello fue Vizcarra. Recordemos que el expresidente fue sentenciado por infracción constitucional al artículo 39 de la Constitución, al vacunar indebidamente a sus familiares con las vacunas chinas de Sinopharm, y en ese sentido, es lo mismo que presuntamente ha hecho Otárola con sus amigos.