Hasta el 25 de marzo de 2026, el caso del excongresista Israel Tito Lazo Julca, candidato al Congreso por Fuerza Popular, quien omitió una sentencia en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) presentada para las Elecciones Generales 2026, se mantiene sin una sanción definida.
Procedimiento
Mediante la Resolución N° 00445-2026-JEE-HCYO/JNE, el colegiado dispuso abrir proceso por la presunta infracción al numeral 23.6 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, referido a la consignación de información falsa. La medida se sustenta en el Informe de Fiscalización que detectó que el postulante no declaró una sentencia firme en su contra.
Según el informe de fiscalización, Lazo Julca registra el Expediente N° 00251-2022-0-1302-JP-CI-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Huaral. En noviembre de 2022 se declaró fundada una demanda interpuesta por la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Isidro, ordenándose el pago de S/ 37,945 más intereses. La sentencia quedó consentida en junio de 2023.
Para el abogado, Gines Barrios , el artículo 23.3 de la Ley de Organizaciones Políticas del Perú es imperativa y obliga al candidato declarar información veraz y completa, entre ellas todas las sentencias que pesaran sobre este, tanto en la vía penal o civil, su omisión o falsedad da lugar a la exclusión del postulante (no a la subsanación).
Precedente
El mismo caso, en el 2022 El JEE excluyó de las Elecciones Regionales y Municipales a Ángel Unchupaico Canchumani, por omitir una sentencia en su DJHV.





