Las acusaciones que una inyección automedicada en una botica en Molino – Pachitea haya causado la muerte de un menor de 17 meses de nacido, quedan descartadas tras los resultados de la necropsia practicada por la Unidad Médico Legal de Huánuco. Las causas de su deceso fue a consecuencia de complicaciones de tipo broncopulmonar.
CASO
El niño de 17 meses de nacido murió camino al centro de salud de Molino (Pachitea). Su madre denunció que una hora antes lo llevó a una botica donde el encargado le inyectó metamizol por la fiebre que presentaba, pero ya en su casa empezó a convulsionar.
Hasta el centro de salud llegó el personal policial de la Comisaría de Panao y el fiscal de turno, alertados por el personal de que un menor de edad llegó cadáver. Flor Lino Gargate narró que al notar que su hijo tenía fiebre decidió llevarlo a la botica ubicada en la cuadra 4 del jirón Juan Velasco Alvarado, donde fue atendida por Admiel Sotomayor Sánchez.
La progenitora contó a los efectivos que su hijo, al presentar síntomas, el farmacéutico Admiel le aplicó una ampolla de metamizol, luego volvió a casa, pero una hora después el menor empezó a convulsionar, ante ello inmediatamente lo llevó al centro de salud, pero el personal que la atendió le informó que ya no tenía signos vitales.
CAUSA ESPECÍFICA
La Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pachitea, ha iniciado las investigaciones en torno a la muerte del menor. Luego de la necropsia al cuerpo del menor, practicada en la Unidad Médico Legal de Huánuco, los resultados revelaron que el deceso fue a consecuencia de complicaciones de tipo broncopulmonar.
Queda descartado que haya sido producto de la inoculación de analgésicos y antiinflamatorios; como: metamizol y dexametazona, aplicados una hora antes de la muerte del menor en el interior de una botica ubicadA en el distrito Molino, por el investigado Admiel Sotomayor (24), según la denuncia de los familiares.
El fiscal provincial Alex Refulio León, explicó que si bien, el investigado no tendría responsabilidad directa en la muerte del menor de edad, lo que sí queda claro es que el proceso de investigación será desarrollado con él, en libertad, por la comisión presunta del ejercicio ilegal de la Medicina cuya prognosis de la pena es no menor de 1 año ni mayor de 4, de acuerdo al artículo 290 del CPP.
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