Nueve funcionarios de la Dirección Regional de Educación Ica, tendrían responsabilidad penal, según un nuevo informe de la Contraloría General de la República. Ellos son el exdirector regional de Educación, Jesús Carlos Medina Siguas, Juan Hernán Angulo Ramos (Director de personal); el técnico administrativo de la Dirección de Personal, Rocío del Pilar de la Cruz Hilario. También el director de Gestión Administrativa, Lino Antonio Vigil Delgado y el jefe de Gestión Institucional, Luis Aldo Guevara Uchuya.
De igual forma, los miembros del comité para el proceso de contratación de personal administrativo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 de citada dirección en el 2020. Ellos son María Amelia Chira Aroni, Julio César Torres Peña, Guillermo Martín Vega Munive y Gerardo Arévalo Arévalo.
La primera observación es que adjudicó plazas a postulantes que no cumplieron con acreditar el perfil o los requisitos mínimos exigidos para cada puesto. La irregularidad tiene que ver para cubrir las vacantes de secretaria IV, operador PAD III y bibliotecario. No cumplieron con acreditar los requisitos mínimos por lo que debieron ser excluidos automáticamente del proceso de contratación por el comité o ser declarados: “No apto”.
Sin embargo, el comité los admitió y les otorgó puntaje en los ítems formación profesional, capacitaciones y experiencia, que no les correspondió. Y así se permitió su ingreso a la carrera pública.
El documento de la Contraloría precisa que los postulantes Delia Lizeth Barón Cárdenas, (Secretaria IV), Diana del Pilar Hernández Herrera (Operador PAD III) y Fiorella Massiel Barahona Camana (Bibliotecario), no cumplían con los requisitos.
Para la plaza de Bibliotecario, debía contar con el título profesional universitario de Bibliotecario, pero Barahona Camana ostenta el grado de docente de Educación Física.
Para la vacante de secretaria IV, la postulante Barón Cárdenas no acreditó el título profesional técnico en Secretariado Ejecutivo otorgado por institución de nivel superior o CETPRO, formación mínima requerida para el cargo.
La investigación permitió conocer que la postulante tenía el título profesional de Técnico en Computación e Informática del Instituto Superior Tecnológico de Parcona y certificados de la carrera de secretariado del Instituto Peruano Canadiense.
Para Operador PAD III, Hernández Herrera no acreditó el requisito de contar con el título de técnico en Computación e Informática. Ostentaba el grado de profesor de Educación Primaria.
En diciembre del 2020, la citada dirección realizó el proceso de renovación de contrato a cuatro servidores administrativos contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276. Le reconocieron irregularmente la estabilidad laboral.