La Distrital de continúa siendo fiscalizada por la Contraloría General de la República, que esta vez evidenció irregularidades en contratos de personal, también que en gestiones anteriores no se transfirió los pagos al Seguro Social de Salud (EsSalud), pese a que la institución municipal disponía del dinero, generando intereses por más de 63 mil soles.

Contratos irregulares

Según el Informe de Acción de Oficio Posterior 23072-2023-CG/GRIC-AOP, se comprobó que el municipio de La Tinguiña contrató seis obreros mediante contratos de locación de servicios, transgrediendo la forma de ingreso a la administración pública y ocasionando que judicialmente se reconozca la desnaturalización de sus contratos, así como la existencia de una relación laboral entre las partes.

Mediante oficios remitidos por el Primer y Segundo Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Ica, se puso en conocimiento que el mencionado municipio, en los años 2015, 2018 y 2019, celebró contratos de locación de servicios y contrató a Gilberto Cruz Huarcaya Calderón, Justina Odilia Camaná Bendezú, Mayra Alejandra Lagos Centeno, Ricardo Antonio Martínez Brizuela, Víctor Norman Meneses Contreras y Yhonathan Raúl Arnao Rojas. Ellos fueron contratados para puestos de guardián del estadio municipal, guardián de pozo, limpieza pública, agente sereno, sin embargo, no pasaron por concurso público. Los hechos irregulares fueron documentados al actual alcalde de La Tinguiña, Juan Vargas Valle.

Más deuda

La Contraloría también dio a conocer el Informe de Control Específico N° 053- 2023- 2- 0406 – SCE, donde se detalla hechos con presuntas irregularidades por los pagos de aportaciones de EsSalud de los periodos 2011 al 2015. Se informó que en esos años los servidores del municipio realizaron decenas de pagos parciales, tardíos o no pagaron las aportaciones al régimen de la seguridad social en salud, lo que generó un perjuicio económico de 187 mil 404, 91 soles, por concepto de reembolso de las prestaciones otorgadas por EsSalud y un perjuicio potencial de S/ 47 mil 092,89.

En setiembre del 2017, la Red Asistencial de Ica - EsSalud notificó al municipio que debía cumplir con reembolsar a EsSalud el costo de las prestaciones otorgadas por el importe de 141 mil 036 soles de varios años, luego en junio del 2019, el municipio se acogió al fraccionamiento de deuda, situación que se originó por los incumplimientos de pagos de manera oportuna, pese a que según los reportes presupuestarios que fiscalizó la Contraloría del 2011 al 2015, el municipio tenía la liquidez financiera para efectuar el pago oportuno de las contribuciones a EsSalud.

La situación causó una cobranza coactiva a la institución municipal. El monto de deuda en años anteriores era de S/ 141 mil 036,10, pero por las tasas de intereses moratorios se incrementó a 170 mil 256 soles. En el 2019, el municipio gestionó el fraccionamiento de deuda que tenía pendiente de 171 mil 453,93 soles, monto que será cancelado en 60 cuotas fijas de S/ 3 622,53. Pasaron los años y la deuda se elevó en 63 mil 046 soles más, por intereses, y llegando a 234 mil 497.80 soles. De ese total, al 30 de mayo de 2023 se han pagado 47 cuotas y quedan pendientes 13 cuotas para pagar por el monto de S/ 47 092, 89.

El órgano de control encontró responsabilidad civil en cuatro funcionarios. Dionisio Alberto Peña Jayo, en su condición de gerente municipal, que fue cesado en el 2014 y Mario William Valencia Ríos, en su condición de gerente municipal hasta el 2018. Ellos por no dirigir, coordinar, monitorear ni supervisar las actividades administrativas de la entidad.

También se halló responsabilidad civil en Carlos Paúl Ventura López, quien era jefe de la Unidad de Tesorería y  Dioselinda Mendivel Ávalos, en su condición de jefe de la Unidad de Tesorería hasta el 2018, ellos por no haber pagado de manera oportuna e integra dentro de los plazos establecidos en el cronograma de declaración de pago y tributos aprobado por la Sunat las contribuciones a EsSalud en el 2014 (diciembre) y 2015 (enero, febrero, marzo, abril, agosto y octubre), a pesar que la entidad contaba con disponibilidad financiera para efectuar el pago de dichas deudas.

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