En audiencia virtual, el magistrado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia de Ica, Julio Carlos Leyva Vilcapoma, dictó seis meses de contra Irvin Antonio Vargas Meza, a quien se le atribuye la presunta comisión del delito contra la fe pública – falsedad genérica en concurso real por el delito contra la seguridad pública - en la modalidad de fabricación, comercialización, uso o porte de armas, en agravio del Estado Peruano.

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La citada medida cautelar fue dictada el 02 de diciembre del 2024, en audiencia de prisión preventiva, luego que el magistrado escuchara y evaluara los fundamentos del fiscal del Ministerio Público y de la defensa técnica del procesado, así como la concurrencia de los requisitos de la prisión preventiva previstos en el artículo 268 del Código Procesal Penal, Casación N° 626-2013-Moquegua y Acuerdo Plenario Nº 01-2019-CIJ-PJ.

De acuerdo al requerimiento del Ministerio Público, se atribuye al imputado Irvin Vargas Meza, que al momento de su intervención policial habría brindado información falsa respecto a su identidad, haciendo entrega física de un DNI con el nombre de Fredy Antonio Sulca Delgado, con lo cual el denunciado habría simulado intencionalmente la verdad, usurpado un nombre ajeno, a fin de no ser identificado correctamente por cuanto tenía una requisitoria policial vigente por el delito contra el patrimonio, solicitado por el Juzgado Penal Unipersonal de Parcona.

Asimismo, se le atribuye al denunciado, que, sin estar debidamente autorizado, al momento de su intervención portaba un arma de fuego, tipo revólver con la inscripción J.C higginis, marca Ranger, con un número de serie erradicada, abastecida con seis cartuchos, las cuales se encuentran en normal funcionamiento, hecho ocurrido el 29 de noviembre del 2024 en las inmediaciones del estadio municipal del distrito de Los Aquijes.

La citada resolución, también dispone el inmediato internamiento del imputado Irvin Antonio Vargas Meza, en el Establecimiento Penal que el INPE designe, a fin de cumplir la medida impuesta, la misma que vencerá el 28 de mayo del 2025.

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