Defensoría del Pueblo indica que desalojos sin orden judicial son ilegales
Defensoría del Pueblo indica que desalojos sin orden judicial son ilegales

El corte de agua y luz, con la finalidad de desalojar a los inquilinos, configuraría el delito de “entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos”, cuya pena puede llegar hasta los ocho años de cárcel.

Así lo informó la Oficina de la Defensoría del Pueblo de La Libertad, debido a que están recibiendo denuncias de ciudadanos, nacionales y extranjeros, que han sido desalojados ilegalmente.

Esta institución señaló que los arrendadores deben contar con la orden de un juez para recuperar la posesión del bien arrendado. Es así que todo acto de hostilidad y/o violencia que se ejerza contra el inquilino para desalojarlo, resulta ilegal y puede acarrear consecuencias penales.

La Defensoría recordó que el corte de servicios básicos, como agua y luz, con el fin de obligar al desalojo de inquilinos, resulta un acto vulneratorio de la dignidad, tal como lo señaló el Tribunal Constitucional. 

"Exhortamos a los arrendadores a seguir las vías legales existentes para recuperar la posesión de sus propiedades, recordando que toda invasión a un domicilio, constituye delito", indicó la Defensoría.

La Defensoría del Pueblo seguirá recibiendo los casos de personas afectadas por estos hechos y brindará la orientación correspondiente, para ello pone a disposición la línea gratuita 0800-15170 y el teléfono de emergencia 945988011.