Exautoridad fue condenada en primera instancia por colusión. Empresa construyó muro de contención en su gestión, pero de nada sirvió.
Exautoridad fue condenada en primera instancia por colusión. Empresa construyó muro de contención en su gestión, pero de nada sirvió.

El 23 de marzo de este año el exalcalde del distrito de Víctor Larco Herrera Carlos Vásquez Llamo fue sentenciado a cinco años de cárcel por el delito de colusión agravada, tras la ejecución de la construcción de un muro que debía contener los oleajes anómalos del balneario de Buenos Aires.

Sin embargo, la exautoridad apeló a la sentencia y en dos semanas se resolverá su pedido.

El caso

La empresa Edicas S.A.C. disolvió el contrato firmado en el 2010 por la gestión de Vásquez Llamo de más de 1 millón 527 mil soles por “caso fortuito”, y según la Fiscalía, el gobierno local, liderado por este militante de Alianza para el Progreso (APP), no advirtió ninguna responsabilidad en la constructora.

La Primera Sala Superior Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad resolverá el caso en segunda instancia este 14 de diciembre en una audiencia que se ejecutará de manera virtual a las 2:00 p.m.

Esta sala superior es presidida por el juez Walter Cotrina Miñano; asimismo, está integrada por los magistrados Ofelia Namoc de Aguilar y Manuel Sosaya López. La sentencia en primera instancia se resolvió en el Octavo Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, a cargo del juez Julio Neyra Barrantes.

Antecedente

La sala de Apelaciones tendría que considerar que según los hechos, al momento de recibir la obra, el comité de recepción de la municipalidad de Víctor Larco formuló observaciones porque la empresa a cargo no había ejecutado adecuadamente el muro destinado a contener los oleajes anómalos e intensos, y antes de levantar dichas observaciones, la empresa se fue.

La condena también recae sobre el exgerente municipal José Santa Cruz Brenes, y los integrantes del comité de recepción de la obra, Juan Ruidías Ojeda y Alexis Larriviere Castro; los tres últimos condenados a cuatro años y seis meses de pena privativa de libertad efectiva por el delito de colusión.