El Jurado Electoral Especial de Chiclayo (JEECh) inició un procedimiento sancionador contra la encuestadora Consultora Quantum Muchik S.A.C., por publicar el resultado de un sondeo, sin presentar el respectivo informe al organismo electoral, tal como lo establece la norma.
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El artículo 19° del Reglamento sobre Encuestas Electorales establece que las encuestadoras deben presentar un informe al JEECh dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de publicación del simulacro de votación en los medios de comunicación.
Resolución
Resulta que el pasado 2 de agosto del presente año, la Consultora Quantum Muchik S.A.C. publicó en un diario de circulación local, a mitad de página, el resultado de una encuesta de intención de voto para el Gobierno Regional de Lambayeque y alcaldías provinciales y distritales.
“Siendo ello así, la encuestadora contaba con plazo para la presentación del informe exigido por el artículo 19° del Reglamento, hasta el día 09 de agosto del 2022, y habiéndose constatado en la plataforma electoral que ello no ha ocurrido, la encuestadora no ha cumplido con la disposición de la norma reglamentaria”, consta en la Resolución N° 1292 – 2022.
Esta presunta infracción a la norma fue advertida por el área de fiscalización del JEECh, a través del informe N° 112 – 2022, en el cual se detalla que el diario local que publicó la encuesta como “aviso contratado” también incumplió el artículo 25° del reglamento al no difundir el “cuestionario para estudio de intención de voto”.
Dicha encuesta favorece al candidato al GORE, Clemente Flores Vílchez, del movimiento regional Construyendo; quien aparece en primer lugar con 17.54%, seguido de Alexander Rodríguez, de Alianza Para el Progreso (13.46%) y Marvin Palma Mendoza, de Fuerza Popular (10.80%). Así también consigna resultado de encuestas para las alcaldías provinciales de Chiclayo, Lambayeque, Ferreñafe y los distritos de La Victoria y José Leonardo Ortiz.
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Ante esta situación, el JEECh advierte “indicios razonables sobre la presunta infracción a las normas que regulan las publicaciones de encuestas en procesos electorales”, la cual, según el artículo 41 del citado reglamento, se sanciona con “suspensión del registro de inscripción por cincuenta días calendario”
Es por ello que inició un procedimiento sancionador contra la representante legal de Consultora Quantum Muchik S.A.C., Luz María Casas Alarcón, a quien le dio un plazo de cinco días para realizar los descargos respectivos.
Cabe indicar que Luz María Casas laboró en el despacho parlamentario de Clemente Flores cuando este fue congresista.