Hay malestar en los internos debido a que no todas las visitas son aceptadas en el establecimiento.
Hay malestar en los internos debido a que no todas las visitas son aceptadas en el establecimiento.

La Primera Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque confirmó la negativa a una demanda constitucional de hábeas corpus en contra del (INPE), que fue formulada a favor de un grupo de internos.

A través del recurso se buscaba dejar sin efecto las restricciones que el INPE lleva ejecutando desde hace varios años sobre el ingreso de familiares durante los días de visita.

La Sala Penal, integrada por los jueces superiores Aldo Zapata López, Margarita Zapata Cruz y Juan Sánchez Dejo, estableció en la sentencia N° 130-2024 que el Poder Judicial no puede restar facultades al INPE, porque esta institución, a través del Consejo Técnico Penitenciario (CTP), regula las visitas en base a criterios de seguridad.

Agregaron que el artículo 20 del reglamento del Código de Ejecución Penal dispone que el Consejo Técnico decidirá el número máximo de visitantes a que tiene derecho cada interno, de acuerdo con la capacidad y seguridad del penal.

Las medidas de control se endurecieron aún más debido a la pandemia por Covid-19.

SOBREPOBLACIÓN. Celso Quispe Condori planteó la demanda ante las instancias judiciales y solicitó la nulidad del acta CTP Nº 014-2024-INPE que deniega el derecho de los internos a recibir visitas de sus familiares hasta el cuarto grado de consanguineidad; y por tanto, se emita un nuevo acto administrativo mediante el cual se realice otra evaluación.

Precisó los casos de Presbítero Medina Rodríguez, quien no logró la visita de su nieta, y de Marcelo Junior Cisneros Lau, el cual no pudo registrar en la lista de visitantes a su tía y abuelo. Ambos se encuentran recluidos en el régimen especial cerrado del Penal de Chiclayo.

Por otro lado, la sentencia explica que dicho recinto registra un hacinamiento del 500% y esto también influye en el acceso desde fuera, porque el personal penitenciario tiene que velar por la integridad de todas las personas durante las visitas.

Asimismo, se precisa que el Tribunal Constitucional (TC)  ha resuelto en el 2014 que el hacinamiento de penales es inconstitucional y desde entonces, este organismo dio un plazo al Gobierno para subsanar el problema o proceder al cierre de las cárceles.

Cabe indicar que el Penal de Chiclayo, ubicado en Picsi, también registra un fuerte hacinamiento y no avanza el proyecto de ampliación.

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