Las autoridades intervinieron siete puestos de venta de la Asociación de Comerciantes del Mercado Central La Arenera de Huaycán. (Foto: Serfor)
Las autoridades intervinieron siete puestos de venta de la Asociación de Comerciantes del Mercado Central La Arenera de Huaycán. (Foto: Serfor)

Las autoridades intervinieron siete puestos de venta de la Asociación de Comerciantes del Mercado Central La Arenera de Huaycán e incautaron más de 200 ranas y sapos que eran usados para elaborar batidos y jugos.

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) que estas especies de anfibios son usadas en la elaboración de batidos con presuntas propiedades afrodisíacas y para supuestamente curar enfermedades respiratorias y digestivas, por lo que en diferentes puntos del Perú se realiza este tipo de comercio.

Además, remarcó que, debido a la demanda, miles de ranas son extraídas de su hábitat natural para ser transportadas en cajas, hacinadas y en pésimas condiciones de salubridad.

En total se decomisaron 206 ejemplares de ranas gigantes (Telmatobius sp.) y 31 sapos (Rhinella sp.). Unas 13 ranas fueron encontradas muertas.

Serfor advirtió que realizó pruebas con ranas rescatadas anteriormente y determinó que eran portadoras del hongo Batrachochytrium dendrobatidis, microorganismo que enferma a su especie y los pone en situación de amenaza. Por ello, hizo un llamado a la ciudadanía a no consumir jugos y otros preparados de rana, pues no solo afecta a nuestro patrimonio natural, sino que también pone en riesgo la salud humana.

Los animales vivos incautados serán evaluados por los especialistas y luego reubicados en centros de cría para que reciban los cuidados necesarios.

Multas y condenas

Serfor advirtió que la Ley N°29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece como una infracción muy grave el comercio, transporte y tenencia de productos o subproductos de fauna silvestre, sin contar con los documentos que amparen su procedencia legal y sanciona este hecho con multas que fluctúan entre 0,1 y 5000 UIT, según los criterios de gradualidad.

Asimismo, recordó que, según el Código Penal, estas actividades ilegales son consideradas un delito contra los recursos naturales, siendo reprimidas con pena privativa de libertad de 3 a 5 años. Si una persona compra fauna silvestre de origen ilegal es cómplice de dicho delito.