Desde el primer caso del nuevo coronavirus en Perú, el pasado 6 de marzo, el gobierno liderado por Martín Vizcarra ha venido tomando medidas para frenar la propagación de la cepa en todo el territorio. Al 3 de abril, las cifras oficiales en el país es: 55 muertos y 1,595 casos confirmados.
El 15 de marzo, el presidente de la República anunció su primera medida y decretó el estado de emergencia nacional por 15 días para evitar la propagación del coronavirus. Además, dispuso el cierre de todas las fronteras por aire, tierra y mar para las personas que pretendan ingresar al país del extranjero.
“Luego de hacer una evaluación seria y responsable hemos aprobado en consejo de ministros de manera unánime un decreto supremo que declara el estado de emergencia nacional por las graves circunstancias que afectan a la Nación”, dijo el mandatario aquella oportunidad en un mensaje a la nación.
A partir de ahí, el Ejecutivo ha venido anunciando una serie de restricciones para todos los peruanos, con el fin de evitar que la crisis sanitaria lleve a situaciones extremas en el país. ¿Cuáles son las restricciones impuestas por Martín Vizcarra? A continuación todos los detalles.
AISLAMIENTO SOCIAL OBLIGATORIO (CUARENTENA)
El 15 de marzo, en Perú se decretó el Aislamiento social obligatorio de toda la población hasta el 30 de marzo. Al aislamiento obligatorio, o cuarentena, se le sumó la inmovilización obligatoria, a raíz del incumpliendo de las medidas tomadas por el Gobierno de una gran parte de la población.
Durante el aislamiento, la persona puede trasladarse a su centro de labores, si es un trabajador esencial o si asiste o cuida adultos mayores, niñas(os), adolescentes, dependientes, o personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, siempre con un pase especial laboral.
Además, puedes acudir a centros de abastecimiento cercanos a tu domicilio, a pie o en transporte público/taxi autorizado, para comprar bienes esenciales (alimentos y productos de primera necesidad) o medicinas, portando tu DNI y un recibo de servicios, en caso de que la dirección de tu documento no coincida con la actual.
INMOVILIZACIÓN SOCIAL OBLIGATORIA (TOQUE DE QUEDA)
Días después de la cuarentena obligatoria, el Ejecutivo decretó la inmovilización social obligatoria, una medida que ordena a la población permanecer en casa de 8:00 pm a 5:00 am. Posteriormente, el presidente extendió la medida hasta el 12 de abril, de 6:00 pm a 5:00 am (desde 4:00 pm solo para Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto).
Al igual que en aislamiento social, tienes permitido el tránsito, peatonal o con vehículo particular, como integrante de serenazgo o fiscalización de los gobiernos locales; como personal de medios de comunicación, y distribución de diarios y revistas; o para trasladar conductores de servicio de transporte urbano masivo.
Además, solo tienes permitido salir de casa si trabajas como personal que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas; continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos; servicios funerarios; y transporte de carga y mercancías, y actividades conexas.
Asimismo, estás autorizado para trasladar, a pie o con vehículo particular, a un centro médico personas cuya vida corre peligro por urgencia o emergencia médica, bajo las precisiones dadas por el Gobierno.
CUARENTENA HASTA EL 12 DE ABRIL
En un inicio el presidente anunció que el aislamiento o cuarentena sería por 15 días, es decir, hasta el 30 de marzo. Sin embargo, días antes de cumplirse el tiempo y a raíz de que muchos aún no respetaban las medidas tomadas para frenar el avance del coronavirus, Martín Vizcarra anunció la extensión del aislamiento por trece días más. Esto es hasta el 12 de abril del 2020.
DÍAS DE SALIDA DIFERENCIADOS PARA HOMBRES Y MUJERES (PICO Y PLACA)
Una de las últimas medidas tomadas por el Ejecutivo fue las salidas diferenciadas para hombres y mujeres en todo el país, lo que popularmente se le llama ‘pico y placa’. A partir del viernes 3 de abril, los varones solo podrán circular los lunes, miércoles y viernes; y las mujeres, los martes, jueves y sábado, como medidas adicionales para reducir la curva de contagios del covid-19.
El desplazamiento está permitido para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos.
Asimismo, el domingo la inmovilización social obligatoria es para todos los ciudadanos en el territorio nacional durante todo el día.
USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS
El Gobierno también emitió un Decreto Supremo que dispone que los ciudadanos deben usar de manera obligatoria las mascarillas cuando salgan de sus viviendas y estén en un lugar público, a fin de reducir el riesgo de contagio del coronavirus.
Asimismo, el presidente señaló que Gobierno dará facilidades para que la población pueda acceder a estas mascarillas, inclusive de manera gratuita.
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