Como parte de la preparación para el inicio de un nuevo año escolar, existen ciertas obligaciones y puntos importantes que los colegios privados deben observar con la finalidad de no incurrir en una afectación a los derechos de los consumidores, y cumplir con las exigencias ya establecidas por el Indecopi.

Dentro de los aspectos más importantes, podemos destacar lo siguiente: los cobros que puede realizar el colegio son: i) la matrícula, la misma que no puede ser mayor a una pensión mensual; ii) pensión mensual, la cual no puede cobrarse por adelantado y iii) cuota de ingreso, que solo puede ser cobrada una vez y a los estudiantes nuevos. Asimismo, los colegios no pueden exigir la entrega del total de los útiles escolares el primer día de clases, y deben establecer con claridad en su reglamento interno, el plazo para que éste sea entregado. Cabe agregar que, no está permitido establecer exigencias innecesarias relacionadas a los útiles escolares (marcas, diseños, entre otros).

Por otro lado, los colegios privados deben reservar dos vacantes por aula para estudiantes con discapacidad leve o moderada. Asimismo, debe impartir entre los padres de familia, las normas y principios de sana convivencia y disciplina al inicio del año escolar, contar con los profesionales en Psicología debidamente capacitados, así como contar con un libro de incidencias y en general, con las herramientas que les permita prevenir actos de bullying, o de ser el caso, abordarlos adecuadamente.

Así como estas, existen varias obligaciones y consideraciones que los colegios privados deberán cumplir y observar con la finalidad de brindar un servicio idóneo.