¿Creen que los menores de 16 y 17 años deben ser procesados judicialmente como adultos? El Tribunal Constitucional rechazó esta medida porque colisiona con la Carta Magna, pero entra en debate que estos infractores pasen a llamarse delincuentes comunes, como cualquier mayor de edad, y que vayan al banquillo de los acusados en ciertos delitos que tengan que ver con el crimen organizado, la extorsión, el sicariato y el narcotráfico.
Los criminales saben de las debilidades de nuestro sistema de justicia, y una de estas es que los menores de edad no pueden ser procesados como cualquier adulto. En una primera etapa, los adolescentes pasaron de cumplir la función de campanas en atracos a llevar las armas de fuego para los crímenes. Luego, las bandas organizadas formaron sicarios como el inefable Gringasho, quien antes de los 18 años ya tenía una larga lista de asesinatos por encargo. Y esto proliferó en el norte del país.
El crimen organizado ha perturbado la mente de un buen número de menores de edad, muchos de estos provenientes de familias disfuncionales, con carencias paternales y económicas. En Trujillo, los grupos delincuenciales reclutan a niños desde los once años para participar de sus fechorías. No por eso vamos a procesar a estos preadolescentes como criminales de alto vuelo. Por informes de expertos se sabe que la madurez cerebral no llega al cumplir los 18 años. Por eso en otros países, como los Estados Unidos, recién alcanzan la ciudadanía a los 21 años. Aquí queremos frenar la delincuencia apelando a normas penales más amplias e inflexibles que incluyan a los menores de edad. Tal vez se establezcan penas especiales para aquellos entre 16 y 17 años, pero la gran pregunta es si la orden disuasoria cumplirá su objetivo a favor de la seguridad ciudadana.




