El “abuso” podría entenderse como el aprovechamiento de la “desproporción” de fuerza o poder usado de manera ventajosa por alguien en perjuicio de un tercero. “A igual razón igual derecho” es un concepto jurídico que podría entenderse como que todas las personas son iguales ante la ley y que el juez debe dar la misma respuesta jurídica a todos los casos iguales, semejantes o análogos.

A muchas personas les ha ocurrido que, por diversas circunstancias, han tratado de comprar un boleto aéreo internacional a través de alguna página web y se ha generado la emisión del boleto en cuestión con algún tipo de error involuntario, sin poder ejercer en el mismo acto, tiempo y espacio, el derecho de retracto o anulación, encontrándose el usuario en una situación de indefensión y abuso de posición dominante. Es decir, ante lo que podría ser un simple error de digitación, por ejemplo, el usuario de la compra de un boleto aéreo no podría ejercer su derecho de anulación o devolución al no existir una “puerta de escape” que lo proteja, viéndose perjudicado al tener que hacer una nueva compra del mismo producto, generándose así una posición de abuso o dominio de parte del proveedor.

En el Perú, existe el Código de Consumo que protege a todos los mortales de cualquier situación que podría generar abuso de posición o asimetría de información, pero, con respecto a los boletos de transporte aéreo, restringe únicamente su actuación a temas de endoso, cambio de fechas o nombres, de aquellos que se realizan en territorio nacional.

Es claro que la industria aérea tiene un alto grado de complejidad, entendiendo por ejemplo, que hay tarifas que por su precio pueden ser flexible o inflexibles en sus condiciones de cancelación, transferencia o cambio de fecha y que, siempre, detrás de una norma hay un hecho económico que se puede afectar pero, a veces, ni las empresas ni los tribunos encuentran el justo equilibrio del derecho del usuario con respecto a su “derecho de retracto” ante errores involuntarios e inmediatos de contratación. Usemos nuestro sentido común y nuestra mejor disposición para solucionar este tipo de controversias desde el sector empresarial, de manera que no solo evitemos conflictos, sino que, además, logremos fidelizar la satisfacción general.